A la publicación del Acuerdo Nº SENESCYT-2019-086 de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, efectuada en la Edición Especial del Registro Oficial Nº 45 de 28 de agosto de 2019

Fecha de publicación23 Octubre 2019
Número de Gaceta66
Miércoles 23 de octubre de 2019 – 7Registro Of‌i cial Nº 66 – Segundo Suplemento
entidades del sector público, relativa a remitir el detalle de
los nombramientos y contratos celebrados el mes inmediato
anterior, así como del cese de funciones producido dentro
de este periodo, conforme a lo previsto en el artículo 7 de
la Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones
Patrimoniales Juradas, se faculta excepcionalmente y por
esta ocasión a que dicha información, correspondiente a
los meses de septiembre y octubre del 2019, sea remitida
en línea a la Contraloría General del Estado dentro de los
quince (15) primeros días del mes de noviembre del 2019.
Artículo 3.- Las entidades del sector público así como las
de derecho privado que administran recursos públicos, que
deban generar órdenes de movilización de los vehículos
institucionales a través del aplicativo cgeMovilización
disponible en la página web de la Contraloría General del
Estado, excepcionalmente, por esta ocasión y mientras
dure la suspensión del aplicativo informático, elaborarán
dichas órdenes en formatos propios de la entidad, hasta
que se notif‌i que of‌i cialmente a través de la página web de
la Entidad de Control el restablecimiento y regularización
del servicio en línea.
Las referidas entidades establecerán los mecanismos de
control y supervisión correspondientes para la aplicación
de esta disposición, debiendo mantener un registro de las
órdenes de movilización emitidas, así como un ejemplar de
respaldo para constancia y verif‌i cación posterior por parte
del Organismo Técnico de Control.
En lo que respecta al resto de procedimientos relacionados
con la movilización de los vehículos of‌i ciales, se observarán
las disposiciones previstas en el Reglamento Sustitutivo
para el Control de los Vehículos del Sector Públicos y de las
Entidades de Derecho Privado que disponen de Recursos
Públicos, así como cualquier disposición adicional que
emita para este efecto la Contraloría General del Estado.
Disposición General.- Las unidades administrativas de
las diversas instituciones que conforman el sector público,
así como las entidades de derecho privado que administren
recursos públicos, de conformidad con sus respectivas
competencias, se encargarán de implementar y ejecutar las
acciones necesarias a f‌i n de verif‌i car la estricta observancia
de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo.
El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado, en el Despacho del Contralor General del
Estado, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a 15 de octubre de 2019.
f.) Dr. Pablo Celi de la Torre, Contralor General del Estado,
Subrogante.
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO.-
SECRETARIA GENERAL.- Dictó y f‌i rmó el acuerdo
que antecede el señor doctor Pablo Celi de la Torre,
Contralor General del Estado, Subrogante, en la ciudad
de San Francisco de Quito, a los quince días del mes de
octubre de dos mil diecinueve.- LO CERTIFICO
f.) Valentina Zárate Montalvo, Secretaria General.
FE DE ERRATAS
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Of‌i cio Nro. SENESCYT-CGAJ-DAJ-2019-0379-O
Quito, D.M., 10 de octubre de 2019
Señor Ingeniero
Hugo Enrique Del Pozo Barrezueta
REGISTRO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
En su Despacho
De mi consideración:
Con un cordial saludo, me permito comunicar a usted, que
por un lapsus calami esta Cartera de Estado ha incurrido en
un error de tipeo en el Acuerdo No. SENESCYT-2019-086
de 22 de julio de 2019, publicado en el Registro Of‌i cial
Edición Especial No. 45 de 28 de agosto de 2019, mediante
el cual la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, concedió personalidad jurídica a
la Asociación Latinoamericana de Ciencias Neutrosóf‌i cas,
habiéndose hecho constar en la fecha de expedición “diez
y ocho (22) días del mes de julio de 2019”, siendo lo
correcto “veinte y dos (22) días del mes de julio de 2019”.
En este sentido, me permito solicitar a usted se haga constar
en el Registro Of‌i cial, la Fe de Erratas correspondiente
al Acuerdo No. SENESCYT-2019-086 de 22 de julio de
2019, publicado en el Registro Of‌i cial Edición Especial
No. 45 de 28 de agosto de 2019.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
f.) Srta. Julia Matilde González Benítez, Directora de
Asesoría Jurídica.
Fe de Erratas.
En el ACUERDO No. SENESCYT-2019-086, de 22 de
julio de 2019, se hace constar por error de tipeo en la fecha
de expedición, lo siguiente: “di ez y ocho (22) días del mes
de julio de 2019.”, siendo lo correcto: “veinte y dos (22)
días del mes de julio de 2019.”
Quito, 02 de octubre de 2019.
f.) Mgs. José Ponce Mendoza, Coordinador General de
Asesoría Jurídica.
SENESCYT.- Asesoría Jurídica.- Fiel copia del original
que reposa en el archivo de esta Dirección.- f.) Ilegible.-
10 de octubre de 2019.
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