A la publicación de los Acuerdos Nº 0113 y 0114 del Ministerio de Economía y Finanzas, efectuados en los Registros Oficiales Nº 81 de 15 de noviembre de 2019 y 82 de 18 de noviembre de 2019, respectivamente
Número de Boletín | 133 |
Sección | Fe de erratas |
46 – Viernes 31 de enero de 2020 Registro Ofi cial Nº 133
Los Centros de Responsabilidad Presupuestaria, deberán
evaluar la programación de su ejecución presupuestaria;
mediante de un informe trimestral, y de no lograrse
el grado de cumplimiento esperado, previo análisis se
deberán implementar los correctivos necesarios.
En este sentido, la Subdirección Nacional Financiera
del Seguro de Salud realizará acciones de seguimiento
y control del presupuesto asegurando que la ejecución,
evaluación, clausura y liquidación del mismo se desarrolle
con efi ciencia y efi cacia, para lo cual se efectuará una
evaluación semestral a cada Unidad Médica, en donde
se revisarán procesos, certifi caciones y compromisos
presupuestarios sin gestión (mayor a 90 días) así como
presupuesto disponible sin utilizar.
Las Unidades Médicas deberán realizar un análisis
permanente de su presupuesto y su planifi cación operativa,
a fi n de determinar posibles saldos sin ejecución para
fi nanciar otras necesidades realizando las reformas
presupuestarias cumpliendo la normativa legal vigente.
11. FACTURACIÓN
Las Unidades Médicas remitirán de manera obligatoria
a las Coordinaciones y Unidades Provinciales de
Prestaciones de Salud la facturación al 100% (por
Benefi ciario y Servicios) con la documentación de soporte
debidamente fi rmados; posterior a ello, las Coordinaciones
y Unidades Provinciales de Prestaciones de Salud,
deberán consolidar, analizar y validar dicha información
para remitir con la matriz de consolidación en Excel la
información correspondiente a sus unidades médicas bajo
su jurisdicción a la Subdirección Nacional Financiera del
Seguro de Salud.
Las Coordinaciones y Unidades Provinciales de
Prestaciones de Salud, realizará la pertinencia médica
como lo determina la Resolución CD. 535, y enviará a la
Subdirección Nacional Financiera del Seguro de Salud la
facturación aprobada (por Benefi ciario y Servicios) con
el informe correspondiente, la consolidación, análisis y
validación de dicha información a través de la matriz de
consolidación en Excel correspondiente a sus unidades
médicas bajo su jurisdicción y demás documentación de
soporte debidamente legalizados.
IESS.- CERTIFICO QUE ES FIEL COPIA DEL
ORIGINAL.- f.) Mgs. Fernando Tacuri E., Subdirector
Nacional de Gestión Documental IESS (E).
FE DE ERRATAS
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Ofi cio Nro. MEF-DCD-2019-0231-O
Quito, D.M., 19 de noviembre de 2019
Asunto: Solicitud de publicación de la Fe de erratas de los Acuerdos Ministeriales No. 0113 y 0114 de 29 de octubre de 2019.
Ingeniero
Hugo Del Pozo Barrezueta
Director
REGISTRO OFICIAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
En su Despacho
De mi consideración:
Solicito se publique en el Registro Ofi cial las Fe de Erratas de los Acuerdos Ministeriales No. 0113 y 0114 de 29 de octubre
de 2019 publicados en los Registros Ofi ciales Nos. 81 de 15 de noviembre de 2019 y 82 de 18 de noviembre de 2019,
respectivamente, debido a que se ha cometido un error involuntario en el Acuerdo Ministerial No. 0113 de 29 de octubre de
2019, (...)” respecto del detalle de las características de las especies valoradas correspondientes a “Timbres Consulares
y Diplom´¯ticos de USD 50.00”, referidos en el cuadro del artículo único del citado instrumento, se procede a realizar la
siguiente fe de erratas:
En donde dice:
Artículo único.-
Tipo de especie Costo Unitario Cantidad Código Desde Hasta
Timbres Consulares y Diplomáticos de USD 50,00 $0.10 115.00 A 1.155.001 1.270.00
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