Fe de erratas. A la publicación de la Ordenanza que regula el uso y ocupación del espacio y la vía pública, así como el funcionamiento y adminitración de centros de comercialización, mercados, plazas, ferias municipales, emitida por el GADM del Cantón Patate, efectuada en la Edición Especial No. 829 de 21 de marzo de 2019

Número de Boletín486
SecciónFe de erratas
48 – Lunes 13 de mayo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 486
base de datos de la Agencia para obtener la certif‌i cación
en BPA; y, posteriormente serán sometidos a una auditoría
de seguimiento de manera aleatoria”.
Lo que comunico para los f‌i nes legales pertinentes.
Quito, 15 de abril de 2019.
f.) Dr. José Moreno Alava, Director General de Asesoría
Jurídica (E), Agencia de Regulación y Control Fito y
Zoosanitario.
FE DE ERRATAS
O f‌i cio N. 323-A-GADMP-2019
Patate, 30 de abril del 2019
Ingeniero
Hugo Del Pozo Barrezueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL
Presente
De mi consideración:
Me es grato expresarle un cordial y afectuoso saludo
en nombre y representación del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de San Cristóbal de Patate,
acompañado de los mejores deseos de éxito en sus
funciones.
El motivo de la presente es con la f‌i nalidad de poner
en conocimiento que por haber detectado un error de
elaboración en “LA ORDENANZA QUE REGULA
EL USO Y OCUPACIÓN DEL ESPACIO Y LA VÍA
PÚBLICA, ASÍ COMO EL FUNCIONAMIENTO
Y ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DE
COMERCIALIZACIÓN, MERCADOS, PLAZAS,
FERIAS MUNICIPALES EN EL CANTÓN PATATE”,
misma que se encuentra legalmente publicada en el
Edición Especial con el Nro. 829 de jueves 21 de marzo
del 2019, donde consta los errores consta donde dice:
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Con la entrada en vigencia de la presente
Ordenanza, la Dirección de Servicios Públicos procederá
a notif‌i car a los establecimientos que se encuentren
ocupando la vía pública e incumpliendo las disposiciones
de este cuerpo legal, concediéndoles el plazo
improrrogable de 30 días para sujetarse estrictamente a
la nueva normativa prevista en este instrumento.
SEGUNDA.- La Dirección de Servicios Públicos y
Desarrollo Comunitario y la Dirección de Gestión de
Panif‌i cación y Ordenamiento Territorial en el plazo de 30
días a partir de la aprobación del presente instrumento
legal realizarán el Catastro de espacio y vía pública,
estableciendo los sectores, actividades y usos de cada uno
de ellos.
TERCERA.- En el plazo de 30 días la Unidad
Sancionadora, generará un proceso de fortalecimiento
Institucional del modelo de justicia municipal para
los trámites en materia del juzgamiento de la presente
Ordenanza, que cumplirá con criterios de agilidad,
ef‌i ciencia, ef‌i cacia, oralidad y contradicción.
QUINTA:- En un plazo de 15 días la dependencia de
Relaciones Públicas del GADMSCP se encargará de
ejecutar la campaña de socialización de la presente
Ordenanza en los diferentes medios de la ciudad, para su
cumplimiento, a partir de su publicación.
Y debe decir:
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Con la entrada en vigencia de la presente
Ordenanza, la Unidad de Orden y Control procederá a
notif‌i car a los establecimientos que se encuentren ocupando
la vía pública e incumpliendo las disposiciones de este
cuerpo legal, concediéndoles el plazo improrrogable de
60 días para sujetarse estrictamente a la nueva normativa
prevista en este instrumento.
SEGUNDA.- La Dirección de Servicios Públicos y la
Dirección de Gestión de Panif‌i cación y Ordenamiento
Territorial en el plazo de 60 días a partir de la aprobación
del presente instrumento legal realizarán el Catastro
de espacio y vía pública, estableciendo los sectores,
actividades y usos de cada uno de ellos.
TERCERA.- En el plazo de 60 días la Unidad
Sancionadora, generará un proceso de fortalecimiento
Institucional del modelo de justicia municipal para
los trámites en materia del juzgamiento de la presente
Ordenanza, que cumplirá con criterios de agilidad,
ef‌i ciencia, ef‌i cacia, oralidad y contradicción.
CUARTA:- En un plazo de 30 días la dependencia de
Relaciones Públicas del GADMSCP se encargará de
ejecutar la campaña de socialización de la presente
Ordenanza en los diferentes medios de la ciudad, para su
cumplimiento, a partir de su publicación.
Por lo que comedidamente solicito a Usted, se proceda a
publicar en el registro of‌i cial como FE DE ERRATAS las
correcciones antes mencionadas y que adjunto de manera
digital.
Seguro de contar con su atención favorable, anticipo mis
agradecimientos.
Atentamente
f.) Ing. Jorge Vega, Alcalde del GADM cantón Patate.
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