A la publicación de la Ordenanza que regula el uso del espacio, vía pública y letreros publicitarios, emitida por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Salinas, efectuada en la Edición Especial del Registro Oficial 222 de 11 de enero de 2018

Fecha de publicación22 Octubre 2019
Número de Gaceta65
48 – Martes 22 de octubre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 65
En Gualaceo, a los treinta días de agosto del año dos mil
diecinueve, habiendo recibido en tres ejemplares la presente
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN
ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACIÓN DE
EXCEDENTES O DIFERENCIAS DE SUPERFICIES
DE TERRENO URBANO Y RURAL DENTRO DE
LA JURISDICCIÓN DEL CANTÓN GUALACEO,
PROVENIENTES DE ERRORES DE CÁLCULO O
DE MEDIDA”, remitido por la señorita Secretaria de la
I. Municipalidad y al amparo de lo dispuesto en el inciso
Territorial, Autonomía y Descentralización, sanciono
expresamente su texto y dispongo su promulgación para
su plena vigencia en Registro Of‌i cial, sin perjuicio de
hacerlo en la Gaceta Of‌i cial Municipal y en la página Web
de la Institución, de acuerdo a la Ley; debiendo además
cumplir con lo establecido en el inciso segundo del Art.
Autonomía y Descentralización.
f.) Ing. Gustavo Vera, Alcalde del cantón.
Proveyó y f‌i rmó el decreto que antecede el señor Ing.
Gustavo Vera Arízaga, Alcalde del cantón, en Gualaceo a
los treinta días de agosto del año dos mil diecinueve.
Lo Certif‌i co.
f.) Ab. Vanessa Valdez, Secretaria General.
Of‌i cio No. 0507-GADMS/A
Salinas, 23 de abril del 2019
Ingeniero
Hugo Enrique Del Pozo Barrezueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL
Quito.-
De mi Consideración:
En la Edición Especial del Registro Of‌i cial Nº 222 del 11 de enero de 2018, se publicó la ORDENANZA QUE REGULA EL
USO DEL ESPACIO, VÍA PUBLICA Y LETREROS PUBLICITARIOS EN EL CANTÓN SALINAS; en la misma se ha
deslizado un error involuntario de nuestra parte.
Donde Dice: “Art. 36.- Para las construcciones, aumentos, remodelaciones, reparaciones y demoliciones de edif‌i caciones, los
propietarios o interesados deberán solicitar previamente un permiso de ocupación de vía pública para depositar o desalojar
los materiales durante los trabajos correspondientes, así como el permiso respectivo que emite la Dirección de Planeamiento
Territorial. En los permisos se hará constar además del espacio requerido para los materiales, es necesario para asegurar el libre y
seguro tránsito vehicular y peatonal. Estos permisos pueden ser obtenidos por el número semanas que se solicite y serán pagados
por adelantado. La tarifa de pago será del 10% según remuneración básica unif‌i cada vigente, por semana y por cada metro
cuadrado de ocupación. Toda fracción de semana se entenderá semana completa.”
Debe decir: “Art.36.- Para las construcciones, aumentos, remodelaciones, reparaciones y demoliciones de edif‌i caciones, los
propietarios o interesados deberán solicitar previamente un permiso de ocupación de vía pública para depositar o desalojar
los materiales durante los trabajos correspondientes, así como el permiso respectivo que emite la dirección de Planeamiento
Territorial. En los permisos se hará constar además del espacio requerido para los materiales, es necesario para asegurar el libre
y seguro tránsito vehicular y peatonal. Estos permisos pueden ser obtenidos por el tiempo que se solicite y serán pagados por
adelantado. La tarifa de pago será el 2% del salario básico unif‌i cado vigente (SBU) multiplicado por la cantidad de tiempo (en
días) y la cantidad de metros cuadrado que serán ocupados, el resultado se divide para el factor numérico 30, es decir de acuerdo
a la siguiente ecuación:
Por lo que agradeceré a usted, se sirva disponer a quien corresponda, la publicación de la siguiente FE DE ERRATAS, en dicha
Ordenanza.
Particular que informo para los f‌i nes consiguientes.
Atentamente,
f) Guido Muñoz Clemente, Alcalde (E).
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