Fe de erratas. A la publicación de la Ordenanza Sustitutiva para la ubicación y regulación de zonas, parques y predios industriales, emitida por el GADM del cantón Mejía, efectuada en el Registro Ofi cial No. 911 de 28 de diciembre de 2016

Número de Boletín353
SecciónFe de erratas
48 – Martes 23 de octubre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 353
FE DE ERRATAS
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA
Of‌i cio Nro. GADMCM-SECGRAL-2018-046-O
Machachi, 23 de agosto de 2018.
Ingeniero
Hugo del Pozo Barrezueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL
Presente.-
De mis consideraciones:
Saludándole con consideración y estima, adjunto la
respectiva Fe de Erratas para que se proceda a su
corrección la "Ordenanza de Ubicación y Regulación de
zonas, Parques y Predios Industriales del Cantón Mejía.",
misma que entro en vigencia el 27 de octubre de 2016.
Por lo que comunico a usted para los f‌i nes pertinentes.
Atentamente,
f.) Dr. Patricio Ingavelez Yánez, Secretario General (E),
Concejo GAD Municipal cantón Mejía.
FE DE ERRATAS
“ORDENANZA SUSTITUTIVA PARA LA
ORDENANZA DE UBICACIÓN Y REGULACIÓN
DE ZONAS, PARQUES Y PREDIOS INDUSTRIALES
DEL CANTÓN MEJÍA”
ANTECEDENTES
Con fecha 20 de octubre de 2016, en Sesión Ordinaria, por
mayoría de cinco votos a favor y tres en contra el Concejo
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Mejía, resolvió aprobar en segundo debate la
Ordenanza Sustitutiva para la Ubicación y Regulación de
Zonas, Parques y Predios Industriales del Cantón Mejía,
misma que entro en vigencia el 27 de octubre de 2016,
fecha en la cual fue sancionada.
ACLARACION
En virtud que se ha cometido un error de tipeo en la
trascripción de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA, se
procede a realizar la siguiente aclaración y corrección:
En donde dice:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Los promotores y
propietarios de las zonas industriales que se establecen
por efecto de la presente Ordenanza deberán obtener la
aprobación def‌i nitiva de sus proyectos de fraccionamiento
industrial hasta un máximo improrrogable de doce meses
contados a partir de la aprobación de la presente Ordenanza,
caso contrario serán revertidos automáticamente a su
categoría de uso de suelo anterior, sin otro trámite.
Debe decir:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Los promotores y
propietarios de las zonas industriales que se establecen
por efecto de la presente Ordenanza deberán obtener la
aprobación def‌i nitiva de sus proyectos de fraccionamiento
industrial hasta un máximo improrrogable de dos años
contados a partir de la aprobación de la presente Ordenanza,
caso contrario serán revertidos automáticamente a su
categoría de uso de suelo anterior, sin otro trámite
Quito, 08 de agosto de 2018.
f.) Dr. Patricio Ingavélez Yánez, Secretario General (E),
G. A. D. Municipal del cantón Mejía.
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