Fe de erratas. A la publicación de la Resolución No. CNIGST-2021-008 del Consejo Nacional para la Igualdad de Género, efectuada en el Registro Oficial No. 424 de 5 de abril de 2021

Número de Boletín431
SecciónFe de erratas
Miércoles 14 de abril de 2021 Quinto Suplemento Nº 431 - Registro Ocial
32
Dirección: Av. 12 de Octubre N24-41 y Foch Código Postal: 170517 /Quito- Ecuador
www.igualdadgenero.gob.ec
Teléfono: 2908193 /2238830/2549342
Oficio Nro. CNIG-DAJ-2021-0010-OFI
Quito, D.M., 07 de abril de 2021
Asunto: Solicitud de Publicación Registro Oficial Fe de Erratas
Ingeniero
Hugo Enrique Del Pozo Barrezueta
REGISTRO OFICIAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
En su Despacho
De mi consideración:
Reciba un cordial saludo del Consejo Nacional para la Igualdad de Género (CNIG), institución que
tiene como misión asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos de las mujeres y
personas LGBTI, consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de Derechos
Humanos; a través del presente tengo a bien comunicar a Usted de la manera más atenta lo
siguiente:
En el Registro Oficial Nro. 424, de 05 de abril de 2021, se publicó la Resolución Nro.
CNIG-ST-2021-008, de 18 de febrero de 2021, mediante la cual la doctora Nelly Jácome Villalva,
Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Igualdad de Género resolvió, delegar las
atribuciones de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional para la Igualdad de Género al titular de
la Dirección Administrativa Financiera, o a quien cumpla sus funciones en caso de encargo o
subrogación.
Al realizar la indicada publicación se cometió un error involuntario; por lo que, solicito se siente la
siguiente fe de erratas en la Resolución Nro. CNIG-ST-2021-008, de 18 de febrero de 2021,
expedida y debidamente publicada en el Registro Oficial, vigente desde la fecha de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial:
Rectifíquese el error involuntario constante en la parte considerativa donde se hizo constar: “Que
mediante Acuerdo Nro. 103, de 31 de diciembre de 2021, el Ministerio de Economía y Finanzas,
expidió la Normativa Técnica del Sistema Nacional de las Finanzas Públicas –SINFIP, publicado
en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 381, de 29 de enero de 2021 ()”; por la
frase:
“Que mediante Acuerdo Nro. 103, de 31 de diciembre de 2020, el Ministerio de Economía y
Finanzas, expidió la Normativa Técnica del Sistema Nacional de las Finanzas Públicas –SINFIP,
publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 381, de 29 de enero de 2021 ()”.
Así mismo por un error involuntario en la parte resolutiva se hizo constar:
Artículo 4.- Delegar al/la Contador/a, o a quien cumpla sus funciones, las siguientes: ()”,
siendo lo correcto
Artículo 2.- Delegar al/la Contador/a, o a quien cumpla sus funciones, las siguientes: ()”;
Artículo 5.- Delegar al/la Tesorero/a, o a quien cumpla sus funciones, la siguiente: ()”, siendo
lo correcto
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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