Ordenanzas Municipales. Cantón Quevedo: Que regula la implantación de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada con el Servicio Móvil Avanzado SMA, y crea la tasa para la construcción de infraestructura, adecuación de centros de cómputo, dotación de aulas virtuales, la informatización a centros educativos públicos, a través de la construcción de aulas, equipamiento, dotación de computadores, equipos informáticos y software y, a proyectos de soterramiento o cableados subterráneos

Número de Boletín19-Segundo Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2012

EL I. CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO

Considerando:

Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Que, el numeral 2 del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a los gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales la competencia exclusiva de ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

Que, la Constitución en su Sección Quinta, de la educación, en su Art. 26, textualmente dice "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo";

Que, la Constitución en el Art. 347 y sus numerales 1 y 8 determinan como responsabilidad del estado "1. Fortalecer la educación pública y la coeducación; asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física y el equipamiento necesario de las instituciones educativas públicas".

Que, en el literal x) del A1. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, determina que le corresponde al Concejo, regular y controlar mediante la normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en el territorio del cantón;

Que, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones aprobó el Reglamento de Protección de Emisiones de Radiación no ionizante generadas por uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, publicado en el Registro Oficial No. 536 de 3 de marzo del 2005;

Que, existe necesidad de implantar estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada con el Servicio Móvil Avanzado SMA, en el territorio del cantón Quevedo;

Que, resulta necesario facilitar la instalación adecuada de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada para la prestación del Servicio Móvil Avanzado (SMA), que garantice el acceso a los ciudadanos a tecnologías de información;

Que, el Gobierno Municipal debe contribuir en la prevención y control de la contaminación ambiental de conformidad con la legislación internacional, nacional y cantonal vigente, y, En uso de las facultades conferidas en el Art. 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización,

Expide.

La ORDENANZA QUE REGULA LA IMPLANTACIÓN DE ESTRUCTURAS FIJAS DE SOPORTE DE ANTENAS E INFRAESTRUCTURA RELACIONADA CON EL SERVICIO MÓVIL AVANZADO SMA, Y CREA LA TASA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA, ADECUACIÓN DE CENTROS DE CÓMPUTO, DOTACIÓN DE AULAS VIRTUALES, LA INFORMACTIZACIÓN A CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DEL CANTÓN QUEVEDO A TRAVÉS DE LA CONSTRUCCIÓN DE AULAS, EQUIPAMIENTO, DOTACIÓN DE COMPUTADORES, EQUIPOS INFORMÁTICOS Y SOFTWARE Y, A PROYECTOS DE SOTERRAMIENTO O CABLEADOS SUBTERRÁNEOS.

CAPÍTULO I Artículo 1

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación.- Esta ordenanza tiene el objeto regular, controlar y sancionar la implementación de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada correspondiente al Servicio Móvil Avanzado SMA, y crear la tasa para la construcción de infraestructura, adecuación de centros de cómputo, dotación de aulas virtuales, la informatización, equipamiento, dotación de computadores, equipos informáticos y software, en el territorio del cantón Quevedo, a fin de cumplir con las condiciones, de zonificación, uso del suelo y reducción de impacto ambiental y cooperación con la educación y equipamiento, sujeto a las determinaciones de leyes, ordenanzas y demás normativas vigentes relacionadas al ordenamiento urbano, rural y ambiental del Cantón.

CAPÍTULO II Artículo 2

DEFINICIONES

Art. 2 Definiciones.- Para la comprensión y aplicación de esta ordenanza se define lo siguiente;

Antena: Elemento radiante especialmente diseñado para la recepción y/o transmisión, de las ondas radioeléctrica

Área de infraestructura: Aquella en la que se encuentra circunscrita las instalaciones y equipos utilizados para establecer la comunicación.

CONATEL: Concejo Nacional de Telecomunicaciones.

Camuflar: Disimular u ocultar la presencia de los elementos externos que conforman la implantación.

Cuarto de equipos (recinto contenedor): Habitáculo cuyo interior se ubican elementos o equipos pertenecientes a una red de telecomunicaciones.

Estación radioeléctrica: Uno o más transmisores receptores, o una combinación de transmisores receptores, incluyendo las instalaciones accesorias necesarias para asegurar la prestación del Servicio Avanzado SMA.

Estructura fija de soporte: Término genérico a referirse a torres, mástiles, mono polos, soportes, en edificaciones en las cuales se instalan antenas y equipos de telecomunicaciones.

Estudio de Impacto Ambiental: Estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas.

Implantación: Ubicación, fijación, colocación, o inserción de estructuras de soporte de las radio bases y antenas de servicio móvil avanzado, sobre un terreno de edificación determinada.

Licencia ambiental: Documento emitido por el Ministerio del Ambiente o por la Unidad de Planificación y Medio Ambiente, que determina el cumplimiento y conformidad de elementos de la normativa ambiental aplicable.

Mimetización: Proceso mediante el cual una estructura asimilada al entorno existente, tratando de disminuir la diferencia entre sus características físicas y las del contexto urbano, rural y arquitectónico en el que se emplaza.

Permiso de implantación: Documento emitido por el Gobierno Municipal, que autoriza la implementación de una estructura fija de soporte de antenas y su infraestructura relacionada para el servicio móvil avanzado.

Prestador del SMA: Persona natural o jurídica que posee el título habilitante para la prestación del Servicio Móvil Avanzado SMA.

Reglamento de Protección de emisiones de RNI: Reglamento de Protección de Emisiones de Radiación no Ionizantes, generadas por uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, aprobado por el CONATEL, mediante resolución 01-01-CONATEL-2005, publicado en el Registro Oficial No. 536 del 3 de marzo del 2005.

SENATEL: Secretaria Nacional de Telecomunicaciones.

Servicio Móvil Avanzado SMA: Servicio final de telecomunicaciones del servicio móvil terrestre, que permite toda transmisión, emisión y recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos, voz, datos o información de cualquier naturaleza.

SUPERTEL: Superintendencia de Telecomunicaciones.

Telecomunicaciones: Toda transmisión, emisión, o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos, datos o información de cualquier naturaleza por línea física, medios radioeléctricos, medios ópticos, u otros medios electromagnéticos.

CAPÍTULO III Artículo 3

LOS FUNDAMENTOS

Art. 3 Los fundamentos sobre los cuales se sustenta esta Ordenanza, son:

Controlar el uso del suelo en el cantón;

Atender las demandas de implantación de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructuras relacionadas con el Servicio Móvil Avanzado SMA, en el territorio del cantón Quevedo.

Facilitar la instalación y funcionamiento adecuado de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura

relacionadas para la prestación del Servicio Móvil Avanzado SMA.

Garantizar el acceso a los ciudadanos quevedeños a tecnologías de información;

Apoyar el desarrollo educativo cantonal

Implementar medidas para la descontaminación y protección de emisiones de radiación no ionizante generadas por el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.

CAPÍTULO IV Artículos 4 a 8

DE LAS CONDICIONES Y PROHIBICIONES DE IMPLANTACIÓN

Art. 4 Condiciones generales y prohibiciones de Implantación de Estructuras Fijas de soporte de antenas.- Para la implantación de estructuras fijas se soporte de...

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