Acuerdos. RE-ASTINAVE EP-GGE-DJU-012-2018 Expídese la Reforma al Régimen de Fedatarios Administrativos de ASTINAVE EP

Número de Boletín352
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Lunes 22 de octubre de 2018 – 7Registro Of‌i cial Nº 352
Que, con Decreto Ejecutivo No. 416 de 16 de mayo de 2018,
se designó al Mgs. José Iván Agusto Briones, Secretario
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo;
Que, el literal r) del acápite 1.1.1.1. “Direccionamiento
Estratégico”, del Punto 1 “Nivel de Gestión Central”, del
artículo 10 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos de la Senplades, publicado en la Edición
Especial del Registro Of‌i cial No. 755, de 11 de noviembre
de 2016, establece como atribución del Secretario Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo: “(…) r) Delegar facultades
y atribuciones dentro de la estructura jerárquica
institucional, cuando considere necesario (…)”;
Que, el literal e) del artículo 2 del Acuerdo No. SNPD-
019-2018, de 06 de marzo de 2018, dispone lo siguiente:
Designar a los siguientes servidores de la Secretaría
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo para que, a nombre
y en representación de esta Cartera de Estado, actúen
como delegados permanentes, principales y alternos,
según corresponda, ante los Comités que se detallan
a continuación: (…) e) Comité de Política Tributaria:
Delegado Permanente Principal: Diana Julieta Arias
Urvina, Asesora de Despacho; Delegado Permanente
Alterno: Subsecretario/a de Inversión Pública, o quien
haga sus veces”; y,
En ejercicio de las atribuciones y facultades que le conf‌i eren
el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico de
Planif‌i cación y Finanzas Públicas; y, el Decreto Ejecutivo
No. 416, de 16 de mayo de 2018,
Acuerda:
Art. 1.- Sustituir el literal e) del artículo 2 del Acuerdo
No. SNPD-019-2018, de 06 de marzo de 2018, por lo
siguiente:
e) Comité de Política Tributaria: Delegado
Permanente Principal: Subsecretario/a de Seguimiento
y Evaluación; Delegado Permanente Alterno:
Subsecretario/a de Inversión Pública, o quienes hagan
sus veces”;
Art. 2.- Los/as delegados/as deberán informar de forma
permanente al Secretario Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo, de forma sucinta, respecto de las reuniones en
las que participen en ejercicio de esta delegación, indicando
los temas tratados y las resoluciones tomadas o a tomarse,
de generarse un incumplimiento a lo dispuesto en esta
delegación, se procederá de conformidad a lo dispuesto por
la Ley Orgánica de Servicio Público.
Art. 3.- Sin perjuicio de la delegación conferida por el
presente acuerdo, el Secretario Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo, mediante comunicación escrita, podrá designar
otro servidor para que asista a las reuniones del cuerpo
colegiado constante en el presente acuerdo.
Art. 4.- Los/as delegados/as serán responsables de los
actos y resoluciones cumplidos en el ejercicio de esta
delegación, debiendo velar que los mismos se realicen
en estricto cumplimiento de las disposiciones legales y
técnicas; así como, responder por sus actuaciones ante los
organismos de control.
Art. 5.- Los/as delegados/as deberán cumplir de forma
obligatoria con las directrices establecidas en el Acuerdo
No. SNPD-067-2015, de 21 de agosto de 2015, por el cual, la
Secretaría Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo, expidió
el: “Instructivo para la Participación de los Delegados
de la Senplades en Directorios y Cuerpos Colegiados”,
dejándose expresa constancia que el Secretario Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo, como titular de esta Cartera
de Estado, podrá actuar en el cuerpo colegiado objeto de
esta delegación, en cualquier momento conforme sea su
criterio.
Art. 6.- Encárguese al/la Coordinador/a General
Jurídico/a, o quien haga sus veces, notif‌i que con el
contenido de este Acuerdo, al Presidente del Comité
de Política Tributaria; así como, a los/as servidores/as
delegados/as constantes en el presente instrumento, para su
oportuna ejecución.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE.
DADO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE
QUITO, A 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018.
f.) Mgs. José Iván Agusto Briones, Secretario Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo.
Es f‌i el copia del original.- Lo certif‌i co.
No. RE-ASTINAVE EP-GGE-DJU-012-2018
GERENCIA GENERAL
ASTILLEROS NAVALES ECUATORIANOS
- ASTINAVE EP-
Considerando:
Que, el numeral 25 del artículo 66 de la Constitución
de la República del Ecuador reconoce el derecho de las
personas a acceder a bienes y servicios públicos y privados
de calidad, con ef‌i ciencia, ef‌i cacia y buen trato, así como a
recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y
características;
Que, el numeral 1 del artículo 85 de la Constitución de la
República del Ecuador señala que la formulación, ejecución,
evaluación y control de las políticas públicas y servicios
públicos que garanticen los derechos reconocidos por la
Constitución se orientarán a hacer efectivos el buen vivir
y todos los derechos y se formularán a partir del principio
de solidaridad;
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