Resolución RE-ASTINAVE EP-GGE-DJU-005-2019 Expídese el Reglamento para el Manejo, Administración, Control y Reposición del Fondo de la Caja Chica

Fecha de publicación07 Mayo 2019
Número de Gaceta482
Martes 7 de mayo de 2019 – 27Registro Of‌i cial Nº 482
Que, el Art. 64 del Reglamento Interno de Gestión y
Administración del Talento Humano de ASTINAVE
EP, establece: “Toda subrogación será legalizada
mediante acción de personal emitida por la Dirección de
Administración de Talento Humano (DATH) de ASTINAVE
EP y notif‌i cada al servidor subrogante o encargado.”
Que, el artículo 11, numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica de
Empresas Públicas señalan que el Gerente General deberá
de cumplir y hacer cumplir la Ley, reglamentos y demás
normativa aplicable, además que administrará la empresa y
velará por su ef‌i ciencia empresarial;
Que, por motivo de la invitación al “IV Congreso
Internacional de Diseño e Ingeniería Naval- CIDIN y XXVI
Congreso Panamericano de Ingeniería Naval, Transporte
Marítimo e Ingeniería Portuaria COPINAVAL 2019”, que
se realizará en la ciudad de Cartagena de Indias- Colombia,
del 11 al 16 de marzo de 2019, y en la cual se expondrá la
temática “Futuro de la Industria Astillera Panamericana”,
se solicitó la debida autorización al Señor Ing. Sergio
Fernando Enderica Vaca, presidente del Directorio de la
Empresa Coordinadora de Empresas Públicas EMCO EP,
a través del Of‌i cio Nro. ASTINAVEEP-ASTINAVEEP-
2019-0044-GGE-SEC-G, a f‌i n de que autorice asistir a
dicho evento.
Que, en virtud del referido Of‌i cio, se ha solicitado a esta
Dirección Jurídica se proceda con la elaboración de la
Resolución que designe al funcionario subrogante al
cargo de Gerente General durante el tiempo que dure la
comisión de servicios en la ciudad de Cartagena de Indias-
Colombia, a f‌i n de cumplir con la agenda del “IV Congreso
Internacional de Diseño e Ingeniería Naval- CIDIN y XXVI
Congreso Panamericano de Ingeniería Naval, Transporte
Marítimo e Ingeniería Portuaria COPINAVAL 2019”;
En uso de sus facultades y atribuciones que le conf‌i ere el
artículo 11, numeral 10 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas,
Resuelve:
Artículo 1.- Designar al Gerente de Operaciones (E),
señor Ing. Jaime Edison Freire Vilema, como Gerente
General Subrogante, por el período comprendido desde el
11 al 16 de marzo de 2019, designación que se la realiza
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de
Empresas Públicas, para cuyo efecto se expedirá la Acción
de Personal correspondiente.
Artículo 2.- Encárguese de la ejecución de la presente
resolución, a la Dirección de Administración de Talento
Humano.
Dado en Guayaquil, a los seis días del mes de marzo del
2019.
f.) CPNV-SP Camilo Delgado Montenegro, Gerente
General, ASTINAVE EP.
Fiel copia del original.- Fecha: 10 de abril de 2019.- Firma:
Ilegible, ASTINAVE EP.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
No. RE-ASTINAVE EP-GGE-DJU-005-2019
LA GERENCIA GENERAL
ASTILLEROS NAVALES ECUATORIANOS –
ASTINAVE EP-
Considerando:
establece: “las instituciones de Estado, “Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 233 del citado cuerpo constitucional
determina: “(…) Ninguna servidora ni servidor público
estará exento de responsabilidades por los actos realizados
en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y
serán responsables administrativa, civil y penalmente por
el manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos (…)”;
Que, el artículo 9 y el literal a), numeral 1) del artículo 77
dispone como responsabilidad de la máxima autoridad de
cada organismo del sector público, el establecimiento de
políticas, métodos y procedimientos de control interno para
salvaguardar sus recursos;
Contraloría General del Estado establece que las máximas
autoridades de las instituciones del Estado son responsables
de los actos, contratos o resoluciones emanados de su
autoridad y establece para éstas, entre otras atribuciones
y obligaciones específ‌i cas la de “…e) Dictar los
correspondientes reglamentos y demás normas secundarias
necesarias para el ef‌i ciente, efectivo y económico
funcionamiento de sus instituciones…”;
Que, las Normas de Control Interno para las Entidades,
Organismos del Sector Público y de las Personas Jurídicas
de Derecho Privado que dispongan de Recursos Públicos,
emitidas por la Contraloría General del estado mediante
Acuerdo No. 039 CG 2009 publicada en el Registro
Of‌i cial Suplemento No. 87 del 14 de diciembre del 2009,
establece que los fondos de caja chica se f‌i jarán de acuerdo
a la reglamentación emitida por el Ministerio de Finanzas
y por la misma entidad y serán manejados por personas
independientes de quienes administran dinero o efectúan
labores contables;
Que, el Decreto Ejecutivo 3410, publicado en el Registro
Of‌i cial No. 5 del 22 de enero del 2003, expide el “Texto
Unif‌i cado de Legislación Ministerio de Economía y
Finanzas”, en el cual se determinan las particularidades de
la utilidad y aplicación del fondo de caja chica;
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