Resoluciones. RE-SERCOP-2019-000098 Refórmese la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072, de 31 de agosto de 2016, mediante la cual se expidió la codifi cación y actualización de las resoluciones emitidas por el SERCOP

Número de Boletín467
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
12 – Viernes 12 de abril de 2019 Registro Of‌i cial Nº 467
Que, en el artículo 55 ibídem, prevé que: “Las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades. de la
Administración Pública Central e Institucional, serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Of‌i cial”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 25 publicado en el Registro
Of‌i cial Suplemento Nro. 19 de 20 de junio de 2013, el
Presidente Constitucional de la República creó el Ministerio
de Comercio Exterior, como el ente rector de la política de
comercio exterior e inversiones,
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 706 de 24 de
marzo de 2011, dispone: “Crear la Comisión Estratégica
de Marcas, instancia que será la responsable de la
administración de las marcas presentes o futuras, de
propiedad del Gobierno del Ecuador, cuyo funcionamiento
estará determinado en el presente decreto”. La misma que
estará conformada, entre otras entidades, el Ministerio de
Comercio Exterior e Inversiones o su delegado; así como, el
Ministro de Industrias y Productividad o su delegado. Dicha
Comisión es la instancia responsable de la administración
de las marcas presentes o futuras de propiedad del Gobierno
del Ecuador;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 252 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento Nro. 158 de 11 de enero de
2018, el Presidente Constitucional de la República modif‌i
la denominación de “Ministerio de Comercio Exterior” a
“Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 de 14 de
noviembre de 2018, el Presidente Constitucional de la
República del Ecuador, dispuso la fusión por absorción
al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones, del
Ministerio de Industrias y Productividad, del Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras y
del Ministerio de Acuacultura y Pesca y, determina que una
vez concluido éste proceso, se modif‌i que la denominación a
“Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones
y Pesca”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 636 de 11 de enero
de 2019, dispuso la creación de los Viceministerios de
Producción e Industrias, Promoción de Exportaciones e
Inversiones, y Acuacultura y Pesca, de manera adicional al
Viceministerio de Comercio Exterior; así mismo, designó
al señor magister Pablo Campana Sáenz, como Ministro
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, a
partir del 14 de enero de 2019; y,
En ejercicio de las facultades establecidas en la Constitución
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva; y, Decreto Ejecutivo No. 636,
Acuerda:
Art. 1.- Designar al Director de Negociaciones de Compras
Públicas y Propiedad Intelectual, como delegado del
Ministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y
Pesca, ante la Comisión Estratégica de Marcas.
Artículo 2.- El delegado observará la normativa legal
aplicable y responderá directamente de los actos realizados
en el ejercicio de la presente delegación; debiendo informar
de manera periódica a la máxima autoridad de esta Cartera
de Estado.
Artículo 3.- La presente delegación no constituye renuncia
a las atribuciones asignadas por al Ministro de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, puesto que, el
mismo, cuando lo estime procedente, podrá intervenir en
cualquiera de los actos materia del presente Acuerdo; y,
ejercer cualquiera de las funciones previstas en el mismo.
Artículo 4.- Derogar todo Acuerdo Ministerial, instrumento
legal o documento que se oponga a lo dispuesto en el
presente.
Artículo 5.- Notif‌i car con el presente Acuerdo Ministerial
al funcionario delegado, de conformidad con lo dispuesto en
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese. Dado en Guayaquil , a los 20
día(s) del mes de Marzo de dos mil diecinueve.
Documento f‌i rmado electrónicamente.
f.) Sr. Mgs. Pablo José Campana Sáenz, Ministro de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
Certif‌i ca.- Es f‌i el copia del original que reposa en Secretaría
General.- Fecha: 27 de marzo de 2019.- f.) Ilegible.
No. RE-SERCOP-2019-000098
LA DIRECTORA GENERAL
SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA
Considerando:
del Ecuador, prescribe: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
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