Acuerdos 2016-195. Acuerdo 2016-195 - Reconócese la personalidad jurídica de derecho privado y sin fines de lucro a la Asociación de Juristas del Ecuador, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín980
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Viernes 7 de abril de 2017 – 19Registro Of‌i cial Nº 980
señor Hugo Edison García Jumbo, Director de Procesos,
como delegados a f‌i n de que representen a esta Secretaría
de Estado en el “Comité Nacional Espejo- CNE de ISO/PC
288 Sistemas de gestión de organizaciones educacionales –
Requisitos y guía para su uso” del Servicio Ecuatoriano de
Normalización (INEN).
Artículo 2.- Los servidoras María Belén Bravo Ávalos y
Hugo Edison García Jumbo, en su calidad de delegados,
serán responsables del cumplimiento de las atribuciones y
responsabilidades inherentes a la presente delegación.
Artículo 3.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo a María Belén Bravo Ávalos y Hugo Edison García
Jumbo, y al Servicio Ecuatoriano de Normalización- INEN.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Notifíquese y cúmplase.-
Dado, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de
Quito, a los siete (07) días del mes de noviembre de 2016.
f.) René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN,
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- 06 de marzo de 2017.- f.) Ilegible.- Fiel
copia del original que reposa en el Archivo de esta
Coordinación.
Nro. 2016-195
René Ramírez Gallegos
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Considerando:
Que la Constitución de la República en el artículo 66,
numeral 13 consagra: “El derecho a asociarse, reunirse y
manifestarse en forma libre y voluntaria”;
numeral uno, dispone que las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: “Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión.”;
Que la Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en
el Registro Of‌i cial Suplemento No. 298, de 12 de octubre
de 2010, en su artículo 182 dispone que: “La Secretaría
Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, es el órgano que tiene por objeto ejercer
la rectoría de la política pública de educación superior
y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las
instituciones del Sistema de Educación Superior. […]”;
Que la norma ut supra, respecto a las funciones de la
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, en su artículo 183 literales “b)”
y “j)” dispone: “Ejercer la rectoría de las políticas públicas
en el ámbito de su competencia;” y, “Ejercer las demás
atribuciones que le conf‌i era la Función Ejecutiva y la
presente Ley.”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de 28 de
noviembre de 1998, publicado en el Registro Of‌i cial No.
77 de noviembre 30 de 1998, el Presidente de la República,
delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de
acuerdo a la materia que les compete, apruebe los estatutos
y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se
constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXX,
Libro I del Código Civil;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva, publicado en el Registro Of‌i cial No.
536, de 18 de marzo de 2002, establece como parte de las
atribuciones y deberes del Presidente de la República en su
artículo 11 literal “k)”: “Delegar a los ministros, de acuerdo
con la materia de que se trate, aprobación de los estatutos
de las fundaciones o corporaciones, y el otorgamiento de
personalidad jurídica […]”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 934, de fecha 10 de
noviembre de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado, designó
a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
mismo que fue ratif‌i cado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo No. 2 del 24 de mayo de 2013, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 5 del 31 de
mayo de 2013;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 62 de 05 de agosto del
2013, publicado en el Registro Of‌i cial 63 de 21 de agosto
del 2013, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 131
de fecha 08 de octubre de 2013 se reforma el artículo
17.2 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, en virtud de lo cual cambia la
denominación de la Secretaría Nacional de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación por Secretaría
de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que el “Reglamento para el Funcionamiento del Sistema
Unif‌i cado Información de Organizaciones Sociales”
reformado y codif‌i cado, en su artículo 3 def‌i ne a las
organizaciones sociales como: “[…] el conjunto de formas
organizativas de la sociedad, a través de las cuales las
personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades
y colectivos, tienen derecho a convocarse para constituirse
en una agrupación humana organizada, coordinada y estable,
con el propósito de interactuar entre sí y emprender metas
y objetivos lícitos para satisfacer necesidades humanas,
para el bien común de sus miembros y/o de la sociedad

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