Acuerdos 20130002. Refórmase el Acuerdo Ministerial No. 20050015 de 26 de julio de 2005, publicado en el Registro Oficial No. 98 de 7 de septiembre de 2005

Número de Boletín877
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Turismo
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2013

Luis Xavier Falconí Tello

VICEMINISTRO DE TURISMO

Considerando:

Que, el 3 de febrero del 2005 mediante Acuerdo Ministerial No. 20050005, publicado en el Registro Oficial No. 8 de mayo 2 del mismo año se expide el Reglamento General de Operaciones del Fondo Mixto de Promoción Turística y asignación de competencias a los órganos de la materia;

Que, el 26 de julio de 2005 mediante Acuerdo Ministerial No. 20050015, publicado en el Registro Oficial No. 98 de 7 de septiembre de 2005 se acordó sustituir las secciones 3 y 6 del Título III del Reglamento General de Operaciones del Fondo de Promoción Turística del Ecuador y asignación de competencias a los órganos de la materia;

Que, la Subsecretaría de Gestión Turística, mediante memorando No. MT-SGT-2012-0859 de 16 de noviembre de 2012, solicitó actualizar y reformar el Acuerdo Ministerial No. 20050015 de 26 de julio de 2005, publicado en el Registro Oficial No. 98 de 7 de septiembre de 2005, considerando las sugerencias constantes en el memorando No. MT-DDSR-2012-0923 de 26 de junio de 2012, toda vez que es necesario para los procesos de registro y emisión de licencia única anual de funcionamiento que emite el Ministerio de Turismo y los Gobiernos Autónomos Descentralizados, a quienes el Ministerio delegó esta competencia;

Que, a través de memorando No. MT-DDSR-2012-0923 de 26 de junio de 2012, se señala que desde el año 2005, no se ha revisado los valores por registro y licencia anual de funcionamiento, y en base a la tabla de inflación publicada por el Banco Central del Ecuador previamente revisada, los valores deberían ser incrementados, en por lo menos, un 18% (DIECIOCHO POR CIENTO) sobre el valor que rige actualmente para...

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