Resoluciones SNC-SBNC-2017-02. Resolución SNC-SBNC-2017-02 - Refórmense los estatutos de la Organización “Loja Radio Club”, con domicilio en la ciudad y provincia de Loja

Número de Boletín958
SecciónResoluciones
EmisorSecretaría Nacional de Comunicación
Miércoles 8 de marzo de 2017 – 27Registro Of‌i cial Nº 958
Abarca Runruil como Gerente General del Banco Central
del Ecuador); y,
Que para el logro de un ef‌i ciente y efectivo cumplimiento
de los objetivos institucionales, se ha visto conveniente
delegar, de conformidad al ordenamiento legal vigente,
las facultades atribuidas a la máxima autoridad del Banco
Central del Ecuador en cuanto a su participación en la
Sesiones de Directorio de la Corporación del Seguro de
Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados
(COSEDE).
En ejercicio de sus funciones legales y reglamentarias,
Resuelve:
Artículo 1.- Delegar al Subgerente de Operaciones del
Banco Central del Ecuador para que actúe en calidad de
delegado o delegada del Gerente General del Banco Central
en las sesiones de directorio de la Corporación del Seguro
de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros
Privados, ejerciendo para el efecto las facultades que la ley
le concede para actuar ante dicho cuerpo colegiado.
Artículo 2.- En caso de ausencia del delegado principal,
actuará en calidad de delegado el Director de Seguridad
Financiera del Banco Central del Ecuador, quien ejercerá
las facultades que la ley concede a la máxima autoridad
del Banco Central del Ecuador para actuar en las sesiones
de Directorio del la Corporación del Seguro de Depósitos,
Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados.
Artículo 3.- El delegado queda facultado a suscribir todos
los documentos, participar en las diligencias, intervenir,
votar y tomar decisiones que crea pertinentes para el
cabal cumplimiento de esta delegación, respondiendo
directamente de los actos realizados en ejercicio de la
misma.
Artículo 4.- El delegado deberá emitir un informe sobre las
acciones realizadas en función de la presente delegación a
la máxima autoridad.
DISPOSICIONES GENERALES.
PRIMERA.- La presente delegación no interf‌i ere con las
funciones y atribuciones asignadas específ‌i camente a los
funcionarios aquí delegados.
SEGUNDA.- Encárguese la publicación de la presente
Resolución, en el Registro Of‌i cial, a la Directora de Gestión
Documental y Archivo, conforme lo establece el inciso
primero del artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Deróguese
cualquier delegación suscrita por la Gerencia General
con anterioridad, así como todo instrumento de inferior
jerarquía que se oponga a la presente Resolución.
COMUNÍQUESE.- Dada en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a los 26 X días del mes de diciembre de
2016.
f.) Econ. Madeleine Abarca Runruil, Gerente General,
Banco Central del Ecuador.
Certif‌i co que las 3 fojas que anteceden son f‌i el copia de los
documentos que reposan en los archivos de la institución.-
Fecha: 16 de enero de 2017.- f.) Ilegible, Dirección de
Gestión Documental y Archivo, Banco Central del Ecuador.
No. SNC-SBNC-2017-02
Tammy Lorena Vallejo Silva
SUBSECRETARIA NACIONAL
DE COMUNICACIÓN
Considerando:
Que conforme al artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que el artículo 66 número 13 de la Carta Magna reconoce
y garantiza a las personas el derecho a asociarse, reunirse y
manifestarse en forma libre y voluntaria;
Que de acuerdo al artículo 96 de la Constitución de la
República del Ecuador, se reconocen todas las formas de
organización de la sociedad, como expresión de la soberanía
popular para desarrollar procesos de autodeterminación
e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el
control social de todos los niveles de gobierno, así como
de las entidades públicas y de las privadas que presten
servicios públicos.- Las organizaciones podrán articularse
en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y
sus formas de expresión; deberán garantizar la democracia
interna, la alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de
cuentas;
del Ecuador determina que el Presidente de la República
ejerce la Función Ejecutiva, la misma que está integrada
por la Presidencia y Vicepresidencia de la República,
los Ministerios de Estado y los demás organismos e
instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su
competencia, las atribuciones de rectoría, planif‌i cación,
ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales
y planes que se creen para ejecutarlas;
Que los artículos 564 y 565 del Código Civil def‌i nen
a una persona jurídica una persona f‌i cticia, capaz de
ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser

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