Acuerdo 80 - Refórmese el Acuerdo Ministerial No. 0076 de 22 de enero de 2016

Número de Boletín791
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Deporte
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2016

Xavier Mauricio Enderica Salgado

MINISTRO DEL DEPORTE

Considerando:

Que, el artículo 154, numeral primero de la Constitución de la República, determina que: "las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requieran su gestión..."

Que, el artículo 280 de la Norma Suprema, establece: "El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores.";

Que, el artículo 297 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que: "Todo programa .nanciado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo. Las instituciones y entidades que reciban o trans.eran bienes o recursos públicos se someterán a las normas que las regulan y a los principios y procedimientos de transparencia, rendición de cuentas y control público".

Que, el artículo 381 de la Constitución prescribe que:

"El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad. El Estado garantizará los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los recursos se sujetarán...

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