Acuerdos 0004-2017. Refórmese el Acuerdo Ministerial No. 0121-2016, publicado en el Registro Oficial No. 899 de 9 de diciembre de 2016

Número de Boletín964
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Jueves 16 de marzo de 2017 – 11Registro Of‌i cial Nº 964
No. 0004-2017
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
el artículo 154, manda: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión. (…)
.”;
Que, el artículo 361 de la Norma Suprema dispone:
“El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través
de la autoridad sanitaria nacional, será responsable
de formular la política nacional de salud, y normará,
regulará y controlará todas las actividades relacionadas
con la salud, así como el funcionamiento de las entidades
del sector.”;
Que, la Autoridad Sanitaria Nacional es el Ministerio de
Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio
de las funciones de rectoría en salud, así como la
responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del
cumplimiento de la Ley Orgánica de Salud, y las normas
que dicte para su plena vigencia serán obligatorias,
conforme lo previsto en el artículo 4 de dicha Ley;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva determina: “Art. 99.-
MODALIDADES.- Los actos normativos podrán ser
derogados o reformados por el órgano competente para
hacerlo cuando así se lo considere conveniente. Se
entenderá reformado tácitamente un acto normativo en la
medida en que uno expedido con posterioridad contenga
disposiciones contradictorias o diferentes al anterior.
(…)”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 0121-2016,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 899 de 9 de diciembre
de 2016, se cambió la denominación del “Hogar de
Ancianos de Riobamba” a “Hospital Geriátrico Doctor
Bolívar Argüello P.”, ratif‌i cándolo como Entidad Operativa
Desconcentrada (EOD), correspondiente al Tercer Nivel
de Atención. Dicho establecimiento se encuentra ubicado
en la ciudad de Riobamba, provincia de Chimborazo;
Que, con memorando No. MSP-CZONAL3-2017-0153-M
de 6 de enero de 2017, el Coordinador Zonal 3 – Salud,
solicitó al Director Nacional Jurídico del Ministerio
de Salud Pública se realice una reforma al antes citado
Acuerdo Ministerial No. 0121-2016, en el que se haga
constar “Hogar de Ancianos y Aislamiento” en lugar de
“Hogar de Ancianos de Riobamba”;
Que, con memorando No. MSP-DNCL-2017-0068-M
de 31 de enero de 2017, dirigido al Director Nacional
de Planif‌i cación e Inversión, la Directora Nacional de
Consultoría Legal solicitó criterio técnico respecto a cuál
es el nombre que debe consta en el antes referido Acuerdo
Ministerial “Hogar de Ancianos de Riobamba” u “Hogar
de Ancianos y Aislamiento”;
Que, mediante memorando No. MSP-CGP-10-2017-
0073-M de 10 de febrero de 2017, la Coordinadora
General de Planif‌i cación fundamentándose en el informe
técnico remitido por el Subsecretario Nacional de
Provisión de Servicios de Salud a través del memorando
No. MSP-SNPSS-2016-3246 de 3 de octubre de 2016,
emite el criterio técnico requerido señalando “(…) el
nombre que debe constar en el Acuerdo Ministerial
0000126-2016 (sic): “Hogar de Ancianos de Riobamba”
u “Hogar de Ancianos y Aislamiento”, a f‌i n de que la
Dirección Nacional de Consultoría Legal proceda según
corresponda, de acuerdo a los informes y solicitudes
anteriormente descritas, el establecimiento debería
constar como el registro único de Contribuyente (sic)
(RUC): “Hogar de Ancianos y Aislamiento.”; y,
Que, en virtud de lo expuesto es necesario proceder a la
reforma del Acuerdo Ministerial No. 0121-2016, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 899 de 9 de diciembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones legales conferidas por los
República del Ecuador y por el artículo 17 del estatuto del
régimen jurídico y administrativo de la función ejecutiva
Acuerda:
Reformar el Acuerdo Ministerial No. 0121-2016,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 899 de 9 de diciembre
de 2016, mediante el cual se cambió la denominación del
“Hogar de Ancianos de Riobamba” a “Hospital Geriátrico
Doctor Bolívar Argüello P.”, en la siguiente forma:
Art. 1.- Reformar el artículo 1 por el siguiente texto:
“Art. 1.- Sustituir la denominación de “Hogar de
Ancianos y Aislamiento” por la denominación de
“Hospital Geriátrico Doctor Bolívar Argüello P.”. Este
establecimiento se encuentra ubicado en la ciudad de
Riobamba, provincia de Chimborazo, corresponde al
Tercer Nivel de Atención, con una dotación de cien
(100) camas y una cartera de servicios que determine
la Dirección Nacional de Hospitales. Se ratif‌i ca al
“Hospital Geriátrico Doctor Bolívar Argüello P.”
como Entidad Operativa desconcentrada (EOD).”
Art. 2.- En todas las disposiciones del referido
Acuerdo Ministerial No. 0121-2016 en donde conste
la denominación de “Hogar de Ancianos de Riobamba”
así como en los instrumentos relacionados a dicho
establecimiento, sustitúyase por “Hogar de Ancianos y
Aislamiento”.
Art. 3.- Agregar, a continuación del artículo 3, los
siguientes artículos:
“Art. 4.- Todos los bienes muebles e inmuebles que
forman parte del “Hogar de Ancianos y Aislamiento”,
pasarán a formar parte del “Hospital Geriátrico Doctor
Bolívar Argüello P.”

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