Acuerdos 0155-2017. Refórmese y codifíquese el Estatuto de la Fundación Monseñor Emilio Sthele, domiciliada en la ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas
Número de Boletín | 949 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Salud Pública |
Martes 21 de febrero de 2017 – 5Registro Ofi cial Nº 949
el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda y el
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, cuyo
objeto es: “transferir los recursos institucionales de dos
proyectos de inversión del MJDHC por el valor total de
USD$ 69.999,96 (sesenta y nueve mil novecientos noventa
y nueve dólares de los Estados Unidos de América con
96/100), al “Proyecto Nacional de Gestión de Riesgo
para el Hábitat y la Vivienda” del MIDUVI, a fi n de
garantizar el derecho a la vivienda de los habitantes de
las comunidades Bameno y Boanamo, Zona Intangible
Tagaeri-Taromenane (ZITT), Orellana, conforme lo
establecido en el Convenio Marco de Cooperación
interinstitucional, suscrito el 18 de julio de 2016.”
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador; los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, el
Decreto Ejecutivo No.256 de 13 de marzo de 2014;
Acuerda:
Artículo Único.- Delegar a la abogada Delia Alexandra
Jaramillo González, Viceministra de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, la suscripción del Convenio de
Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos y la Empresa Pública
Petroamazonas E.P., cuyo objetos es: “(…) coordinar
acciones en el ámbito de sus competencias, relacionadas
al bodegaje en las instalaciones de Petroamazonas EP
en la ciudad del Coca de los materiales destinados para
la construcción de las viviendas en las comunidades de
Bameno y Boanamo; así como, el transporte fl uvial del
referido material desde la Estación de Monitoreo de la
Zona Intangible Tagaeri Taromenane de Shiripuno hacia
las comunidades mencionadas, a fi n de contribuir a los
compromisos asumidos por el Estado.”
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de enero
de 2017.
f.) Dra. Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certifi co que la(s) foja(s) 1-4
es(son) fi el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 13 de enero de 2017. f.) Dra. Paola Carrera Izurieta,
Directora de Secretaría General, Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0155-2017
LA VICEMINISTRA DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización
de la sociedad, como expresión de la soberanía popular
para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir
en las decisiones y políticas públicas y en el control
social de todos los niveles de gobierno así como de las
entidades públicas y de las privadas que presten servicios
públicos, conforme lo prescrito en los artículos 66 y 96 de
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codifi cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Ofi cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 739 publicado en el
Registro Ofi cial No. 570 de 21 de agosto de 2015, se codifi có
y reformó el Reglamento para el Funcionamiento del
Sistema Unifi cado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas;
Que, a través del Acuerdo Ministerial No. 14447 de 24
de junio de 1993, el Ministerio de Salud Pública aprobó
el estatuto constitutivo y otorgó personalidad jurídica a la
Fundación “Monseñor Emilio Sthele”;
Que, mediante comunicación de 2 de diciembre de 2016,
el Presidente de la Fundación “Monseñor Emilio Sthele”,
solicitó la reforma del estatuto de la referida organización;
Que, de la revisión y análisis del estatuto realizado por
la Dirección Nacional de Consultoría Legal, se desprende
que el proyecto de reforma de estatuto de la Fundación
“Monseñor Emilio Sthele”, cumple con los requisitos
establecidos en el Reglamento para el Funcionamiento del
Sistema Unifi cado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas; y,
En ejercicio de la atribución que le confi ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015,
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