Decreto 812 - Refórmese el Decreto Ejecutivo No. 699, publicado en el Registro Oficial No. 163 de 30 de septiembre de 1997

Número de Boletín637
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República del Ecuador
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2015

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el numeral 3 del artículo 147 de la Constitución de la República señala que es atribución del Jefe del Estado definir y dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva;

Que la Disposición General Primera de la Ley de Reconocimiento Público del Estado en las Áreas Cultural, Científica y Deportiva, publicada en el Registro Oficial Suplemento número 441, de 20 de febrero del 2015, señala que el Premio Nacional "Eugenio Espejo", instituido mediante Decreto número 677, publicado en el Registro Oficial número 869, del 18 de agosto de 1975 y Decreto Ejecutivo número 1722, publicado en el Registro Oficial número 410, del 7 de abril de 1986, se entregará conforme a las normas expedidas por el Presidente de la República;

Que mediante Decreto Ejecutivo número 1092, del 12 de marzo del 2012, publicado en el Registro Oficial número 671, del 28 del mismo mes y año, se reformó parcialmente el Decreto Ejecutivo número 699, del 19 de septiembre de 1997, publicado en el Registro Oficial número 163, del 30 de los mismos mes y año, mediante el cual se regula el trámite para el otorgamiento del Premio Nacional "Eugenio Espejo";

Que es deber del Estado reconocer, estimular y garantizar las actividades culturales, literarias y científicas de las personas y entidades públicas y privadas; y,

En uso de las facultades constitucionales y legales de las que se encuentra investido, a petición del Ministro de Cultura y Patrimonio,

Decreta:

Expedir la siguiente reforma al Decreto Ejecutivo número 699, publicado en el Registro Oficial número 163, del 30 de septiembre de 1997:

Artículo 1 Sustitúyase el artículo 2, por el siguiente texto:

"Artículo 2.- El premio consistirá en una medalla, diploma y la suma de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000,00) para cada uno de los...

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