Acuerdos SNPD-047-2016. Acuerdo SNPD-047-2016 - Refórmese íntegramente el Comité de Gestión de las Tecnologías de la Información

SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
24 – Viernes 3 de febrero de 2017 Registro Of‌i cial Nº 937
No. SNPD-047-2016
Sandra Naranjo Bautista
SECRETARIA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y
DESARROLLO
Considerando:
del Ecuador, establece que: “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador, determina que: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 279 de la mencionada Norma Suprema,
manda que: El sistema nacional descentralizado de
planif‌i cación participativa organizará la planif‌i cación para
el desarrollo. El sistema se conformará por un Consejo
Nacional de Planif‌i cación, que integrará a los distintos
niveles de gobierno, con participación ciudadana, y tendrá
una secretaría técnica que lo coordinará. Este consejo
tendrá por objetivo dictar los lineamientos y las políticas
que orienten al sistema y aprobar el Plan Nacional de
Desarrollo, y será presidido por la Presidenta o Presidente
de la República (…)”;
Ecuador, establece que: El Plan Nacional de Desarrollo es
el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas
y proyectos públicos; la programación y ejecución del
presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación
de los recursos públicos; y coordinar las competencias
exclusivas entre el Estado central y los gobiernos
autónomos descentralizados. Su observancia será de
carácter obligatorio para el sector público e indicativo
para los demás sectores”;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico de Planif‌i cación
y Finanzas Públicas, establece que la Secretaría Técnica
del Sistema Nacional Descentralizado de Planif‌i cación
Participativa, será ejercida por la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo, en todos sus niveles;
Que, mediante Acuerdo No. 039-CG, publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 87, de 14 de diciembre
de 2009, la Contraloría General del Estado, expidió las
Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos
del Sector Publico y Personas Jurídicas de Derecho
Privado que Dispongan de Recursos Públicos, en el cual se
determina en el apartado No. 410-16, que: Para la creación
de un comité informático institucional, se considerarán los
siguientes aspectos: - El tamaño y complejidad de la entidad
y su interrelación con entidades adscritas.- La def‌i nición
clara de los objetivos que persigue la creación de un Comité
de Informática, como un órgano de decisión, consultivo y
de gestión que tiene como propósito fundamental def‌i nir,
conducir y evaluar las políticas internas para el crecimiento
ordenado y progresivo de la tecnología de la información y
la calidad de los servicios informáticos, así como apoyar en
esta materia a las unidades administrativas que conforman
la entidad.- La conformación y funciones del comité,
su reglamentación, la creación de grupos de trabajo, la
def‌i nición de las atribuciones y responsabilidades de los
miembros del comité, entre otros aspectos”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en
el Registro Of‌i cial No. 278 de 20 de febrero de 2004, se
creó la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo
–Senplades, como un organismo técnico responsable de la
planif‌i cación nacional, en todos sus niveles;
Que, mediante Acuerdo No. SNPD-033-2014, de 03 de
abril de 2014, el Secretario Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo, creó el Comité de Gestión de las Tecnologías de
la Información de la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo –Senplades-;
Que, con Acuerdo No. SNPD-056-2014, de 02 de mayo de
2014, el Secretario Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo,
modif‌i có la letra a) del artículo 3 del Acuerdo No. SNPD-
033-2014, de 03 de abril de 2014;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 800, de 15 de octubre de
2015, se designó a Sandra Naranjo Bautista, Secretaria
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo;
Que, mediante Acuerdo No. SNPD-044-2016, de 26 de
octubre de 2016, publicado en la Edición Especial del
Registro Of‌i cial No. 755, de 11 de noviembre de 2016, la
Secretaria Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo, expidió
la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos de la Secretaría Nacional de Planif‌i cación y
Desarrollo –Senplades, emitido mediante Acuerdo No. 91,
publicado en la Edición Especial de Registro Of‌i cial No.
97, de 22 de enero de 2014;
Que, el literal s) del acápite 1.1.1.1. “Direccionamiento
Estratégico”, del Punto 1 “Nivel de Gestión Central”,
del artículo 10 del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Senplades, publicado
en la Edición Especial del Registro Of‌i cial No. 755, de 11
de noviembre de 2016, establece como atribución de la
Secretaria Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo: “(…) s)
suscribir y aprobar todo acto administrativo, normativo y
metodológico relacionado con la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo -SENPLADES- (…)”;
Que, la Disposición Transitoria Única del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo –Senplades-,
expedido mediante Acuerdo No. SNPD-044-2016, de 26 de
octubre de 2016, establece que: “En el plazo de 60 días,
contados a partir de la fecha de publicación del presente
Estatuto en el Registro Of‌i cial, se expedirán los instrumentos
que sean necesarios, e impartirá la capacitación pertinente,
para la implementación de los cambios introducidos en los
procesos institucionales, la que se realizará de conformidad
con el ciclo de la planif‌i cación”;

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