Resolución 028-2017 - Refórmese la Resolución 010-2015 de 29 de enero de 2015

Fecha de disposición21 Marzo 2017
Fecha de publicación21 Marzo 2017
Número de registro028-2017
Número de Gaceta967-Primer Suplemento
Martes 21 de marzo de 2017 – 7Registro Of‌i cial Nº 967 – Suplemento
TIC´s; Dirección Nacional de Talento Humano; Dirección
Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del
Servicio Judicial; Dirección Nacional de Gestión Procesal;
y, la Dirección Provincial de Loja del Consejo de la
Judicatura.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia siete días
después de su publicación en el registro of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de
sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el trece de
febrero de dos mil diecisiete.
f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.
f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.
CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura,
aprobó esta resolución el trece de febrero de dos mil
diecisiete.
f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.
No. 028-2017
EL PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Ecuador, manif‌i esta: “El Consejo de la Judicatura es el
órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina
de la Función Judicial…”;
Ecuador, determina: “La Función Judicial se compone de
órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos
auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su
estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo
necesario para la adecuada administración de justicia.”;
Ecuador, señala: “Las notarias y notarios son depositarios
de la fe pública; serán nombrados por el Consejo de la
Judicatura previo concurso público de oposición y méritos,
sometido a impugnación y control social…”;
Que, el literal a) del numeral 9 del artículo 264 del Código
Orgánico de la Función Judicial establece como una de las
facultades del Pleno del Consejo de la Judicatura: “9. Fijar
y actualizar: a) las tasas notariales que serán pagadas por
los usuarios de los servicios notariales…”;
Que, el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de
la Función Judicial dispone que al Pleno del Consejo de la
Judicatura le corresponde: “10. Expedir, (…) resoluciones
de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley,
para la organización, funcionamiento, responsabilidades,
control y régimen disciplinario; particularmente para velar
por la transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial.”;
Judicial, prevé como atribución del Consejo de la
Judicatura: “Establecer, modif‌i car o suprimir, mediante
resolución las tasas por servicio notarial, f‌i jar sus tarifas y
regular sus cobros (…) que serán pagados por los usuarios
del servicio…”;
Que, el inciso primero del artículo 304 del Código Orgánico
de la Función Judicial, determina que le corresponde
exclusivamente a la notaria o notario: “Asumir los costos
de la administración general de su despacho, su propia
remuneración y el cumplimiento de las obligaciones
laborales de su personal, por medio de la recaudación
directa que por concepto de tasas realiza...”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 29 de
enero de 2015, mediante Resolución 010-2015, publicada
en el Registro Of‌i cial No. 442, de 21 de febrero de 2015,
resolvió: “EXPEDIR EL REGLAMENTO DEL SISTEMA
NOTARIAL INTEGRAL DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 2 de
marzo de 2015, mediante Resolución 034-2015, publicada
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 459 de 16 de
marzo de 2015, resolvió: “REFORMAR LA RESOLUCIÓN
010-2015 DE 29 DE ENERO DE 2015, PUBLICADA EN
EL REGISTRO OFICIAL No. 442 DE 21 DE FEBRERO
DE 2015, MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA RESUELVE: “EXPEDIR
EL REGLAMENTO DEL SISTEMA NOTARIAL INTEGRAL
DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 25 de
mayo de 2015, mediante Resolución 143-2015, publicada en
el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 536 de 3 de julio de
2015, resolvió: “REFORMAR LA RESOLUCIÓN 010-2015
DE 29 DE ENERO DE 2015, MEDIANTE LA CUAL EL
PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA RESOLVIÓ:
“EXPEDIR EL REGLAMENTO DEL SISTEMA NOTARIAL
INTEGRAL DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 17 de
junio de 2015, mediante Resolución 176-2015, publicada en
el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 546 de 17 de julio de
2015, resolvió: “REFORMAR LA RESOLUCIÓN 010-2015
DE 29 DE ENERO DE 2015, MEDIANTE LA CUAL EL
PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA RESOLVIÓ:
“EXPEDIR EL REGLAMENTO DEL SISTEMA NOTARIAL
INTEGRAL DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de
4 de noviembre de 2015, mediante Resolución 353-2015,
publicada en Edición Especial del Registro Of‌i cial No.
399 de 23 de noviembre de 2015, resolvió: “REFORMAR
LA RESOLUCIÓN 010-2015 DE 29 DE ENERO DE
2015, MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA RESOLVIÓ: “EXPEDIR EL
REGLAMENTO DEL SISTEMA NOTARIAL INTEGRAL
DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”;

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