Resolución SENAE-DGN-2016-0752-RE - Refórmese la Resolución No. SENAE-DGN-2013-0362-RE

Número de Boletín879-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2016

Guayaquil, 16 de septiembre de 2016

SERVICIO NACIONAL

DE ADUANA DEL ECUADOR

LA DIRECCIÓN GENERAL

Considerando:

Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece respecto de las competencias: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.(...)".

Que el artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico de la Función Administrativa indica sobre la extinción y reforma de los actos normativos: "Los actos normativos podrán ser derogados o reformados por el órgano competente para hacerlo cuando así se lo considere conveniente. Se entenderá reformado tácitamente un acto normativo en la medida en que uno expedido con posterioridad contenga disposiciones contradictorias o diferentes al anterior. (...)";

Que mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0362-RE, de fecha 26 de septiembre de 2013 y sus posteriores reformas, se expidieron los: "Requisitos Para Transmitir Declaraciones Aduaneras En El Sistema Informático Ecuapass", misma que contiene en su artículo 2.1 el requisito de no tener obligaciones pendientes con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

En uso de las atribuciones y competencias establecidas en el literal1) del Art. 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones el suscrito Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

Resuelve:

Expedir la siguiente: REFORMA A LA RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2013 0362-RE "REQUISITOS PARA TRANSMITIR DECLARACIONES ADUANERAS EN EL SISTEMA INFORMÁTICO ECUAPASS"

Artículo Único

Agregar a continuación del literal c) del artículo 2.1, el siguiente literal:

"d) Obligaciones que mantengan las instituciones públicas y empresas públicas.".

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Notifíquese del contenido de la presente resolución a la Subdirección General de Operaciones, Subdirección General de Normativa...

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