Resoluciones 13 239. Modifícase la Resolución No. 13 075 de 22 de abril de 2013, publicada en el Registro Oficial No. 954 de 15 de mayo de 2013
Número de Boletín | 25 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Industrias y Productividad |
Fecha de la disposición | 12 de Junio de 2013 |
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 13 239
SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, "Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características";
Que el protocolo de Adhesión de la República del Ecuador al Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial de Comercio-OMC, se publicó en el Suplemento del registro Oficial No 853 del 02 de enero de 1996;
Que el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio - AOTC de la OMC en su artículo 2 establece las disposiciones sobre la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos por Instituciones del Gobierno Central y su notificación a los demás miembros;
Que mediante Resolución NO. 13 075 de 22 de abril de 2013, publicada en el Registro Oficial No. 954 de 15 de mayo de 2013, la Subsecretaría de la Calidad, resolvió modificar el numeral 4.14.1 del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 034 "Elementos mínimos de seguridad de vehículos automotores" (Segunda Revisión), la misma que entraba en vigencia en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de su promulgación en el Registro Oficial.
Que en reunión de trabajo mantenida conjuntamente con representantes de los Ministerios Coordinador de la Producción , Empleo y Competitividad; Transporte y Obras Públicas; Industrias y Productividad; Servicio Nacional de Aduana de Ecuador; e Instituto Ecuatoriano de Normalización, se determinó que en virtud de los requerimientos presentados por los importadores y ensambladores nacionales de vehículos recomendar a la Subsecretaría de Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad, reformar la Resolución N° 13 075, antes señalada.
En uso de las atribuciones que le confiere la ley,
Resuelve:
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