Ordenanzas Municipales. Cantón Pichincha, provincia de Manabí: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta la ocupación de la vía y el espacio público y determina los valores a pagarse por su utilización

Número de Boletín810-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2012

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ

Considerando:

Que, el último inciso del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador faculta a los Gobiernos Municipales en el ámbito de sus competencias y territorios, y en uso de sus facultades, expedir ordenanzas cantonales.

Que, el Artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el literal a), determina que es atribución del Concejo Municipal "El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones";

Que, la cabecera cantonal y las localidades, han tenido un crecimiento acelerado que abarca todos los puntos cardinales que hace necesario y urgente su división geográfica y administrativa, dando lugar a la ampliación de la zona urbana;

Que, en sesiones ordinarias de concejo de fecha 18 y 28 de enero del 2010, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Pichincha, aprobó la "Ordenanza que Reglamenta la ocupación de la vía y el espacio público en el cantón Pichincha y determina los valores a pagarse por su utilización".

Que, la "Ordenanza que Reglamenta la ocupación de la vía y el espacio público en el cantón Pichincha y determina los valores a pagarse por su utilización", fue publicada en el registro Oficial N° 404 del martes 15 de marzo del 2011.

Que, con fecha 6 de enero del 2012, la Comisión de Fiscalización, emite un informe mediante el cual, recomienda reformar los Artículos 2 y 4 de la ordenanza que Reglamenta la ocupación de la vía y el espacio público en el cantón Pichincha y determina los valores a pagarse por su utilización, y que se le agregue una norma para el control de las fiestas religiosas tradicionales en el cantón.

En ejercicio de las facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales así establecidas en los artículos 240 y 264 último inciso de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 57, literal a), del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide:

LA REFORMA A LA "ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA OCUPACIÓN DE LA VÍA Y EL ESPACIO PÚBLICO EN EL CANTÓN PICHINCHA Y DETERMINA LOS VALORES A PAGARSE POR SU UTILIZACIÓN".

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