Decretos 1333. Refórmase el Reglamento de aplicación de la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos

Número de Boletín823-Segundo Suplemento
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2012

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que los Artículos 1 y 317 de la Constitución de la República del Ecuador, establecen que los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible;

Que el número 11 del Artículo 261 de la Carta Magna, señala que el Estado ecuatoriano tendrá competencia exclusiva sobre los recursos hidrocarburíferos;

Que el Artículo 313 de la Carta Magna define que los recursos naturales no renovables son de carácter estratégico, sobre los cuales el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar de acuerdo a los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia;

Que la Constitución de la República del Ecuador, en el Artículo 408, establece que son de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado los recursos naturales no renovables y, en general, los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos, sustancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo, incluso los que se encuentren en las áreas cubiertas por las aguas del mar territorial y las zonas marítimas; así como la biodiversidad y su patrimonio genético y el espectro radioeléctrico;

Que en el Suplemento al Registro Oficial No. 244 de 27 de julio del 2010, se publicó la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno, y se creó la Secretaría de Hidrocarburos como una entidad adscrita al Ministerio Sectorial, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, técnica, económica, financiera y operativa, que administra la gestión de los recursos naturales no renovables hidrocarburíferos y de las sustancias que los acompañen, encargada de ejecutar las actividades de suscripción, administración y modificación de las áreas y contratos petroleros;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 546, publicado en el Registro Oficial No. 330 de 29 de noviembre de 2010, se expidió el Reglamento de Aplicación de la Ley Reformatoria a la...

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