Resoluciones 07-2010. Expídese el Reglamento Orgánico Funcional

Número de Boletín60-Edición Especial
SecciónResoluciones
EmisorEmpresa Pública de aseo y gestión ambiental del Cantón Latacunga
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2010

EL DIRECTORIO DE EPAGAL

Considerando:

Que, el Gobierno Municipal del cantón Latacunga amparado en el Artículo 5 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas expidió la Ordenanza Municipal de Creación de la Empresa pública denominada "Empresa pública de Aseo y Gestión Ambiental del Cantón Latacunga - EPAGAL" publicada en el Registro Oficial Nro. 239 de fecha 20 de julio del 2010.

Que, en cumplimiento de los Arts. 7, 8 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas y aplicando la Resolución Administrativa Nro. 138-2010 emitida para la conformación del Directorio de la Empresa pública de Aseo y Gestión Ambiental del cantón Latacunga - EPAGAL el señor Alcalde del cantón Latacunga, Presidente del Directorio instauró el Directorio de EPAGAL.

Que, Ley Orgánica de Empresas Públicas dispone en su Art. 9, numeral 7 como atribución del Directorio Aprobar y modificar el Orgánico Funcional de la Empresa sobre la base del proyecto presentado por el Gerente General. Que, la Disposición Transitoria Quinta de la Ordenanza Municipal de creación de EPAGAL encarga al Gerente General de la empresa pública para que en un plazo de treinta días de realizada su designación, presente al Directorio de la Empresa pública para su aprobación el Modelo de Gestión, Estructura Orgánica, Tarifas y Reglamentos de la Empresa.

Que, la Gerencia General de EPAGAL presento para conocimiento y aprobación del Directorio de la Empresa pública la Estructura Organizacional con Clasificación de Puestos como la base para definir el Reglamento Orgánico Funcional de EPAGAL, proyecto que fue aprobado con Resolución Nro. 02-2010 en sesión ordinaria del Directorio desarrollada el 24 de agosto del 2010.

Que, el Directorio de EPAGAL establece como directriz del Órgano Rector precautelar la eficiencia en la Administración del Sistema de Talento Humano que es responsabilidad del Gerente General. Y

En cumplimiento de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Empresas Públicas,

Resuelve:

EXPEDIR EL REGLAMENTO ORGÁNICO

FUNCIONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA DE ASEO

Y GESTIÓN AMBIENTAL DE CANTÓN

LATACUNGA - EPAGAL

CAPITULO IDEL OBJETO

Art. 1

DEL OBJETO DEL REGLAMENTO: Este instrumento legal está concebido para promover el fortalecimiento empresarial e institucional de la Empresa pública de Aseo y Gestión Ambiental del cantón Latacunga - EPAGAL mediante la administración por procesos como herramienta de gestión empresarial corporativa, con metas que permitan cumplir con el ámbito, objetivos y principios establecidos para las empresas públicas en la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en el marco del objeto de creación de EPAGAL que señala:

  1. Desarrollar el sistema integral de aseo y gestión ambiental del cantón Latacunga,

  2. Prestar servicios atinentes al objeto previsto en el literal anterior, a través de la infraestructura a su cargo, directamente o por medio de las modalidades de gestión previstas en la Ley,

  3. Impulsar y promover actividades operativas y de prestación de servicios relativas a las competencias que le corresponden al Gobierno Municipal del Cantón Latacunga, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional y territorial, en el ámbito de sus competencias.

CAPITULO II Artículos 2 a 7

DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Art. 2

ÁMBITO DE ACCIÓN: Desarrollar la gestión integral de los desechos sólidos generados dentro de la jurisdicción de cantón Latacunga con la aplicación de políticas empresariales que busquen la incorporación de tecnologías de última generación que permitan definir unidades de negocio que generen auto sustentabilidad económica y eficiencia en sus procesos productivos, incluyendo dentro de sus procesos mecanismos asociativos, de expansión y desarrollo permitidos en la Ley Orgánica de Empresas Públicas y demás leyes de la República o por gestión propia.

Art. 3 POLÍTICA DE GESTIÓN: EPAGAL es una empresa pública creada por el Gobierno Municipal del Cantón Latacunga para el desarrollo del sistema integral de aseo y gestión ambiental del cantón, buscará el mejoramiento continuo de sus sistemas de gestión y la satisfacción del ciudadano dentro de un marco de desarrollo sostenible

Está comprometida con la prestación de un servicio eficiente, con el cumplimiento de la normativa local, nacional e internacional y con el mejoramiento de la calidad de vida del cantón.

Art. 4

MISIÓN: Mantener una ciudad limpia que proporcione un entorno agradable para una mejor convivencia ciudadana prestando servicios de calidad, oportunos y eficientes aplicando nuevas tecnologías para el barrido, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos domésticos, comerciales, industriales, peligrosos, biológicos potencialmente infecciosos y otros que se generan en el cantón Latacunga impulsando la responsabilidad social y compromiso ambiental.

Art. 5 VISIÓN: EPAGAL se posicionará como una empresa pública eficiente y confiable en el manejo integral de desechos, capaz de satisfacer las necesidades de sus clientes y reconocida por el alto compromiso con el bienestar de sus colaboradores, la sociedad y el ambiente.
Art. 6 VALORES: Nuestro servicio integrará las necesidades de la comunidad en forma eficaz impulsando de manera continua la cultura de una ciudad limpia, la preservación y cuidado del ambiente.

"Más que una ciudad limpia... impulsaremos Calidad de Vida"

  1. Respeto: El respeto es el reconocimiento al derecho que tienen los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación, siempre y cuando las acciones no afecten los derechos de los demás.

  2. Honestidad: La Honestidad es el cumplimiento de los objetivos empresariales encomendados, con compromiso social y principios morales.

  3. Responsabilidad: La responsabilidad es el compromiso que tienen las personas y los equipos de trabajo para desempeñar los cargos encomendados, responder a la confianza que los demás depositan en ellos y cumplir a cabalidad con los deberes y obligaciones.

  4. Actitud de servicio: Es la actitud del personal que permitirá a EPAGAL, ofrecer servicios de calidad, para la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos, más allá de la simple y habitual hecho de prestar un servicio.

Art. 7 IDENTIDAD CORPORATIVA: La identidad corporativa de EPAGAL resume el direccionamiento estratégico en sencillas marcas que identifican el objeto de la empresa pública definiendo en formas y colores la identidad corporativa de EPAGAL.

CAPITULO III Artículos 8 a 11

DE LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN Y SU

ESTRUCTURA

Art. 8 NIVELES DE GESTIÓN Y SUS PROCESOS: La estructura de niveles y procesos para EPAGAL se entiende por;
  1. Nivel: Es la definición o descripción de las relaciones de autoridad y coordinación, mediante la determinación de los niveles de jerarquía o escalas de autoridad.

  2. Proceso: Es el conjunto de actividades relacionadas entre sí, que emplean insumos internos o externos para agregarles valor con el propósito fundamental de generar un servicio o otro proceso o subproceso que integra la institución y/o al usuario del servicio final o ciudadano.

  3. Subproceso: Es el conjunto de actividades relacionadas entre sí que generan insumos para otro proceso de mayor valor, tienen relación directa con otros procesos según su jerarquía.

  4. Producto: Es el servicio que genera la empresa pública para entregarlo al usuario del servicio final o ciudadano.

  5. Usuario: Es la persona natural o jurídica de carácter público o privado nacional o extranjero que recibe el servicio que genera la empresa pública.

Art. 9 NIVELES DE GESTIÓN Y SUS PROCESOS: La estructura orgánica de EPAGAL contendrá los siguientes niveles; en caso de necesidad administrativa justificada el Gerente General podrá solicitar al Directorio una reestructuración anual.
  1. Nivel dirección y administración.- que orientan la gestión institucional a través de la formulación y emisión de políticas, normas e instrumentos para poner en funcionamiento la organización con conocimientos legales y técnicos específicos. En este nivel se determina el proceso "Directorio" y "Gerente General"

  2. Nivel habilitante de asesoría.- con conocimientos técnicos especializados asesoran a los procesos de dirección, administración, habilitantes de apoyo, proporcionando fundamentos legales y técnicos para el desarrollo de un debido proceso. En este nivel se determina el proceso "Asesoría Jurídica"

  3. Nivel habilitante de apoyo.- Están encaminados a generar productos servicios para los procesos gobernantes y para sí mismos viabilizando la gestión empresarial e institucional. En este nivel se determina los procesos "Jefe Financiero" "Jefe Técnico" "Jefe de Talento Humano y Administrativo"

  4. Nivel agregado de valor.- generan, administran controlan productos y servicios destinados al cumplimiento del objeto de la empresa pública , en este nivel se determina los subprocesos Contabilidad, Adquisiciones, Control Interno y Activos, Bodega, Aseo de vías y espacios públicos, Recolección y transporte de basura común, Disposición final, Coordinación de mantenimiento vehicular, Servicios especiales, Fiscalización de servicios, Comunicación, Control seguridad e higiene laboral, y Soporte tecnológico - sistemas.

Art. 10 ESTRUCTURA ORGÁNICA: La Empresa pública de Aseo y Gestión Ambiental del cantón Latacunga - EPAGAL tendrá el siguiente organigrama estructural que define los procesos Directivos, Administrativos, Técnicos y Operativos para el desarrollo del objeto de la empresa pública.

Art. 11 ESTRUCTURA DE GESTIÓN POR PROCESOS: La estructura orgánica de la Empresa pública de Aseo y Gestión

Ambiental del cantón Latacunga - EPAGAL define una gestión por procesos que permite alinear horizontal y verticalmente al direccionamiento estratégico enfocando el cumplimiento del objeto de la empresa pública en la gestión de...

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