Resolución 39-DE-ANP-2014 - Refórmase el Reglamento de Registro de Operadores Postales

Número de Boletín270
SecciónResoluciones
EmisorAgencia Nacional Postal
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2014

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 16, numerales 1 y 2, establece el derecho en forma individual y colectiva que tienen todas las personas a: "Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos"; y, "El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación";

Que, la Carta Magna del Estado Ecuatoriano, en su artículo 66, numeral 21, reconoce y garantiza a las personas: "El derecho a la inviolabilidad y al secreto de la correspondencia física y virtual; ésta no podrá ser retenida, abierta ni examinada, excepto en los casos previstos en la ley, previa intervención judicial y con la obligación de guardar el secreto de los asuntos ajenos al hecho que motive su examen. Este derecho protege cualquier otro tipo o forma de comunicación";

Que, la norma suprema, en el inciso segundo del artículo 314, dispone que: "El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad. El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios sean equitativos, y establecerá su control y regulación";

Que, el señor Presidente de la República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1207, publicado en el Registro Oficial Nro. 391 del 29 de julio de 2008, expidió el Reglamento de los Servicios Postales, y creó a la Agencia Nacional Postal, como la entidad encargada de la supervisión de todos los servicios postales tanto públicos como privados, para lo cual cuenta con las atribuciones suficientes para el ejercicio de las funciones encomendadas;

Que, el Reglamento de los Servicios Postales, publicado en el Registro Oficial Nro. 391 del 29 de julio de 2008, en los literales f) y h) del artículo 11 establece como funciones de la Agencia Nacional Postal: "[…] Dictar resoluciones técnicas para el buen funcionamiento de los servicios que prestan los operadores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR