Ordenanzas Municipales. Que regula y controla el uso del espacio público en el marco del manejo de la pandemia de COVID-19

Número de Boletín1214
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorResolución
2 – Viernes 23 de octubre de 2020 Edición Especial 1214 Registro Ocial
ORDENANZA QUE REGULA Y CONTROLA EL USO DEL ESPACIO PÚBLICO EN EL
MARCO DEL MANEJO DE LA PANDEMIA DE COVID-19 EN EL CANTÓN
ESMERALDAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundia l de la Salud declaró oficialmente al
coronavirus COVID-19 como una pandemia a nivel mundial; mientras que, en el Ecuador, el
Ministerio de Salud Pública mediante Acuerdo Ministerial No. 00126-2020, publicado en el
Registro Oficial S uplemento No. 160 de 12 de marzo de 2020 declaró el estado de emergencia
sanitaria en todos los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, como consecuencia de la
pandemia ocasionado por el COVID-19.
El Dictamen de Const itucionalidad N o. 5-20-EE/20, que corresponde al Decreto Ejecutivo No.
1126, expedido por el Presidente de la República el 14 de agosto de 2020, dispuso la renovación
del Estado de Excepción, y la Corte Constitucional consideró algunas medidas, en mérito a que
en atención a declaraciones de representantes de la OMS, las probabilidades de que el COVID-
19 desaparezca y, en consecuencia, el mundo retorne a la situación de normalidad previa a su
aparición, es baja; la Corte Constitucional como parte del control material ha dictaminado la
regulación y control de l espacio públ ico, para lo cua l cada Gobier no Autónomo
Descentralizado Municipal (en adelante GADM), podrá emitir las regulaciones dentro de su
circunscripció n territorial.
Es así que los GADM, que tienen pleno reconocimiento Constitucional de su Autonomía:
política, administrativa y financiera y sobre estas tienen funciones y competencias exclusivas
dentro de sus jurisdicciones territoriales, así como se dispone en el artículo 264 numeral 2 de la
Constitución de la República del E cuador de ejercer el control sobre el uso y ocupación del
suelo, en concorda ncia con el artíc ulo 54 literal m del Có digo Orgánico de O rganización
Territorial, Autonomía y Descentralización de regular y controlar el uso del espacio público
cantonal, sien do de vital importancia que los GADM coady uven al retorno al régimen or dinario
que involucra desarrollar e incorporar herramientas para enfrentar, a partir de los cauces
regulares, la crisis. Es decir, crear una transición en la que se creen las condiciones para poder
manejar la nueva normalidad por los cauces ordi narios.
En ese sentido y en consideración a que la Corte Constitucional se constituye en el máximo
intérprete de la Constitución, el Concejo Municipal adecuando formal y materialmente las
ordenanzas a los derechos contenidos en la Constitución y Tratados y Convenios
Internacionales, expide la Ordenanza que reglamenta el ámbito sobre la regulación y control de
uso de espacios públicos dentro de la jurisdicción del Cantón, como parte de la planificación
para el desarrollo de los mecanismos ordinarios establecidos en el marco jurídico ecuatoriano
encaminando acciones para reducir los efectos de la pandemia COVID 19, dada la necesidad de
establecer un régimen de transición hacia la “nueva normalidad; y, en mérito a que el Plan de
Desarrollo y Ordenamiento Territ orial del Cantón ha s ido adecuado a la p andemia, y con el fin
de mitigar un posible contagio masivo en la població n.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR