Que regula la gestión integral y cobro de tasa por recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos sanitarios peligrosos
Número de Boletín | 1597 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN MUNICIPAL DE PAQUISHA |
Miércoles 16 de junio de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1597
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ORDENANZA QUE REGULA LA GESTION INTEGRAL
DE DESECHOS SANITARIOS PELIGROSOS
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PAQUISHA
CONSIDERANDO:
de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la
sostenibilidad y el buen vivir, sumay kawsay”;
Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho a
los ambientes sanos; reconoce y garantiza a las personas el derecho a una vida digna, que
asegure la salud y el saneamiento ambiental;
promoverá en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y
de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto;
establecen el derecho a la participación en asuntos de interés público de manera
protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión.
Gobiernos Autónomos Descentralizados, tienen facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicción territorial.
autónomos descentralizados desarrollarán programas de uso racional del agua, y de
reducción, reciclaje y tratamiento adecuado de los desechos sólidos y líquidos.”;
Que la Constitución de la Repúblicadel Ecuador, reconoce a la salud como un derecho que
garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el
derecho a los ambientes sanos; reconoce y garantiza al personal el derecho a una vida
digna, que asegure la salud y el saneamiento ambiental.
Que según lo dispuesto en el literal d) del Art. 4 del Código Orgánico de Organización
Territorial Descentralizado son fines de los gobiernos autónomos descentralizados “La
recuperación y conservación de la naturaleza y el mantenimiento de un ambiente sostenible y
sustentable”;
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DE DESECHOS SANITARIOS PELIGROSOS
Descentralización, establece como función de los Gobiernos Autónomos Municipales, el
regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental.
competencias de prestación de servicios públicos de alcantarillado, depuración de aguas
residuales, manejo de desechos sólidos, y actividades de saneamiento ambiental, en todas
sus fases, las ejecutarán los gobiernos autónomos descentralizados municipales con sus
respectivas normativas…”;
Que el Art. 431 ibídem establece que “…los gobiernos autónomos descentralizados de
manera concurrente establecerán las normas para la gestión integral del ambiente y de los
desechos contaminantes que comprende la prevención, control y sanción de actividades que
afecten al mismo. Si se produjeren actividades contaminantes por parte de actores públicos
o privados, el gobierno autónomo descentralizado impondrá los correctivos y sanciones a
los infractores sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar y
pondrán en conocimiento de la autoridad competente el particular, a fin de exigir el
Derecho de la naturaleza contemplado en la Constitución”;
establece en el art. 136 inciso cuarto que corresponde a los gobiernos descentralizados
municipales “establecer en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos”;
Oficial No. 423 de 22 de diciembre de 2006, dispone que la recolección, transporte,
tratamiento y disposición final de desechos es responsabilidad de los GADS que la
realizarán de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto,
con observancia de las normas de bioseguridad y control determinadas por la Autoridad
Sanitaria Nacional y que el Estado entregará los recursos necesarios para el cumplimiento
de lo dispuesto en este artículo;
Que el Art. 233 del Código Orgánico Ambiental establece: La aplicación de la
responsabilidad extendida del productor sobre la gestión de residuos y desechos no
peligrosos, peligrosos y especiales.- Los productores tienen la responsabilidad de la gestión
del producto en todo el ciclo de vida del mismo. Esta responsabilidad incluye los
impactos inherentes a la selección de los materiales, del proceso de producción y el uso del
producto, así como lo relativo al tratamiento o disposición final del mismo cuando se
convierte en residuo o desecho luego de su vida útil o por otras circunstancias.
Artículo 235.- De la gestión integral de los residuos y desechos peligrosos y especiales.
Para la gestión integral de los residuos y desechos peligrosos y especiales, las políticas,
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