Acuerdos 0357-13. Expídese la normativa para regular la expe-dición de actas de grado y títulos de bachiller

Número de Boletín100-Tercer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2013

Augusto X. Espinosa A

MINISTRO DE EDUCACIÓN

Considerando:

Que la Constitución de la República, en su artículo 154, numeral 1, prescribe que "[...] las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que según el artículo 344 de este ordenamiento, el Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la Autoridad Educativa Nacional, que formulará la política nacional de educación; y regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema;

Que la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial 417 de 31 de marzo de 2011, en su artículo 25 establece que la Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la República;

Que el artículo 38 de la LOEI, inciso segundo señala que la educación escolarizada es acumulativa, progresiva y conlleva a la obtención de un título o certificado que responde a estándares y currículos específicos definidos por la Autoridad Educativa Nacional y brinda la oportunidad de...

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