Resoluciones MRL-2014-0373. Resolución MRL-2014-0373 - Establécese la estructura remunerativa por categorías, niveles, grados para el personal académico titular de los institutos y conservatorios superiores públicos

Número de Boletín281-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Relaciones Laborales
Fecha de la disposición24 de Junio de 2014

EL MINISTRO DE RELACIONES

LABORALES

Considerando:

Que, el inciso segundo del artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público-LOSEP, establece que los organismos previstos en el artículo 225 de la Constitución de la República y este artículo, sesujetarán obligatoriamente a lo establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales, en lo atinente a remuneraciones e ingresos complementarios;

Que, el inciso quinto del artículo 3 de la Ley ibídem determina que en razón de las especificidades propias de la naturaleza de sus actividades, y la implementación de regímenes particulares, que su actividad implica, el Ministerio de Relaciones Laborales, establecerá y regulará lo atinente al sistema remunerativo, en el que se encuentran considerados los docentes universitarios;

Que, el artículo 4 de la citada Ley Orgánica define como servidoras y servidores públicos a todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

Que, el literal a) del artículo 51 de la LOSEP señala que es competencia del Ministerio de Relaciones Laborales la de ejercer la rectoría en materia de remuneraciones del sector público y expedir las normas técnicas correspondientes en materia de recursos humanos;

Que, el inciso primero del artículo 47 del Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior, determina las categorías, niveles y grados escalafonarios del personal académico de los institutos y conservatorios superiores públicos;

Que, el inciso segundo del artículo 47 del Reglamento antes referido, establece que la escala remunerativa para el tiempo completo del personal académico de los institutos y conservatorios superiores públicos será definida por la autoridad competente en materia de remuneraciones del sector público, observando las normas de este Reglamento;

Que, es necesario establecer un sistema remunerativo, para el personal académico de los institutos y conservatorios superiores públicos, sobre los principios de equidad y justicia retributiva, en función de los niveles de responsabilidad, complejidad y competencias requeridas para cada nivel y grado de la estructura ocupacional de estos puestos;

Que, el Ministerio de Finanzas, mediante Oficio No. MINFIN-DM-2014, de 5 de junio de 2014, de conformidad con la competencia que le otorga el artículo 57 de la Ley Orgánica del Servicio Público, ha emitido el dictamen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR