Resolución 09-2017 - Renovación parcial de la Sala de lo Laboral

Fecha de disposición12 Abril 2017
Fecha de publicación12 Abril 2017
Número de registro09-2017
Número de Gaceta983
48 – Miércoles 12 de abril de 2017 Registro Of‌i cial Nº 983
f.) Dr. Guillermo Narváez Pazos, CONJUEZ NACIONAL.
f.) Dr. Edgar Flores Mier, CONJUEZ NACIONAL.
Certif‌i co
f.) Dra. Isabel Garrido Cisneros SECRETARIA GENERAL.
RAZÓN: Las cuatro fojas que anteceden son copias iguales
a su original.- Quito, 28 de marzo de 2017.- f.) Dra. Isabel
Garrido Cisneros, SECRETARIA GENERAL.
No. 09-2017
LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la República en el inciso primero
del artículo 182 ordena: “La Corte Nacional de Justicia
estará integrada por juezas y jueces en el número de veinte
y uno, quienes se organizarán en salas especializadas,
y serán designados para un periodo de nueve años; no
podrán ser reelectos y se renovarán por tercios cada tres
años. Cesarán en sus cargos conforme a la ley”;
artículo 183 dispone que “la Corte Nacional de Justicia
estará integrada por las siguientes Salas Especializadas:
1. De lo Contencioso Administrativo; 2. De lo Contencioso
Tributario; 3. De lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y
Tránsito; 4. De lo Civil y Mercantil; 5. De lo Laboral; y, 6. De
la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores.
El Pleno de la Corte Nacional de Justicia designará a las
Juezas y los Jueces Nacionales que integrarán cada Sala,
en el número que la necesidad del servicio de justicia
lo requiera, tomando en cuenta su especialidad. Esta
resolución podrá modif‌i carse en cualquier tiempo, sin que
en ningún caso, el número de jueces por Sala sea inferior
a tres…”;
Que desde la vigencia del Código Orgánico General de
Procesos, se implementó el sistema oral en nuestro derecho
procesal, lo que ocasiona dif‌i cultades para los Jueces
Nacionales que integran más de una Sala especializada,
pues la sustanciación y resolución de los procesos se realiza
mediante audiencias;
En uso de sus atribuciones legales,
RESUELVE:
Art. 1.- Renovar parcialmente la integración de la Sala
especializada de lo Laboral, a la que la Jueza Nacional
doctora María del Carmen Espinoza Valdivieso seguirá
perteneciendo únicamente para el conocimiento de los
juicios que llegan a esa Sala con recursos interpuestos al
amparo de la Ley de Casación; y, asuntos constitucionales.
Las causas que lleguen a partir de esta fecha a la Sala
especializada de lo Laboral, al amparo del Código Orgánico
General de Procesos, serán sorteados entre los demás Jueces
y Juezas que integran la Sala.
Los juicios laborales que actualmente se encuentran
en conocimiento de la mencionada Jueza Nacional,
continuarán bajo su competencia, en la misma calidad que
le hayan correspondido por sorteo, esto es, como ponente o
como miembro del tribunal.
Esta Resolución será aplicada a partir de esta fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Publíquese en el Registro Of‌i cial y en la Gaceta Judicial.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, en el Salón de Sesiones del Pleno de la
Corte Nacional de Justicia, a los veintidós días del mes de
marzo de dos mil diecisiete.
f.) Dr. Carlos Ramírez Romero, PRESIDENTE.
f.) Dra. Paulina Aguirre Suárez, JUEZA NACIONAL.
f.) Dra. María Rosa Merchán Larrea, JUEZA NACIONAL.
f.) Dra. María del Carmen Espinoza Valdiviezo, JUEZA
NACIONAL.
f.) Dr. Merck Benavides Benalcázar, JUEZ NACIONAL.
f.) Dra. Rocío Salgado Carpio, JUEZA NACIONAL.
f.) Dr. Jorge Blum Carcelén, JUEZ NACIONAL, (V.C.).
f.) Dr. José Luis Terán Suárez, JUEZ NACIONAL, (V.C.).
f.) Dra. Ana María Crespo Santos, JUEZA NACIONAL,
(V.C.).
f.) Dr. Luis Enríquez Villacrés, JUEZA NACIONAL,
(V.C.).
f.) Dr. Miguel Jurado Fabara, JUEZA NACIONAL, (V.C.).
f.) Ab. Cynthia Guerrero Mosquera, JUEZA NACIONAL.
f.) Dra. Sylvia Sánchez Insuasti, JUEZA NACIONAL,
(V.C.).
f.) Dr. Marco Maldonado Castro, CONJUEZ NACIONAL,
(V.C.).
f.) Dr. Francisco Iturralde Albán, CONJUEZ NACIONAL.
f.) Dra. Teresa Delgado Viteri, CONJUEZA NACIONAL.
f.) Dr. Iván Saquicela Rodas, CONJUEZ NACIONAL.
f.) Dr. Guillermo Narváez Pazos, CONJUEZ NACIONAL.
f.) Dr. Edgar Flores Mier, CONJUEZ NACIONAL.
Certif‌i co
f.) Dra. Isabel Garrido Cisneros, SECRETARIA GENERAL.
RAZÓN: Las dos fojas que anteceden son copias iguales
a su original.- Quito, 28 de marzo de 2017.- f.) Dra. Isabel
Garrido Cisneros, SECRETARIA GENERAL.

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