Resoluciones. RESCGEN-DMT-2018-0004 Establécese El Procedimiento Para La Selección De Las Imprentas Autorizadas A Imprimir Entradas Para Los Espectáculos Públicos A Realizarse En El Distrito Metropolitano De Quito

Número de Boletín233
SecciónResoluciones
EmisorDIRECCIÓN METROPOLITANA TRIBUTARIA
28 – Jueves 3 de mayo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 233
Deróguese por tanto todas las Directivas, Regulaciones y
disposiciones impartidas con anterioridad a la presente,
cuento no se oponga a las contempladas en este
Reglamento.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Todo lo que no se encontrara previsto en el
presente reglamento, se sujetará a lo estipulado en el Código
Orgánico General de Procesos, Código de Procedimiento
Civil y las demás normas que regulan el ejercicio de la
jurisdicción coactiva.
SEGUNDA.- El Juzgado de Coactivas de la Empresa
Estatal Transportes Navieros Ecuatorianos – TRANSNAVE
se conformará de acuerdo a lo previsto en el presente
Reglamento de manera inmediata.
TERCERA.- El procedimiento para dar de baja a los títulos
de crédito emitidos por la Empresa Estatal Transportes
Navieros Ecuatorianos - TRANSNAVE será el previsto en
el artículo 156 del Reglamento Administración y Control de
Bienes del Sector Público
De la aplicación del presente Reglamento encárguese al
Juzgado de Coactiva de la Empresa Estatal Transportes
Navieros Ecuatorianos - TRANSNAVE.
Publíquese el presente Reglamento en el Registro Of‌i cial.
Dado, en Guayaquil el 12 de marzo del 2018.
f.) Ing. Francisco Almeida Caicedo, Gerente General,
TRANSNAVE.
MUNICIPIO DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO
No. RESCGEN-DMT-2018-0004
EL DIRECTOR METROPOLITANO
TRIBUTARIO
Considerando:
Que, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución de
la República del Ecuador son deberes y responsabilidades
de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad
competente;
Que, conforme al artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 ibídem establece que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige
por los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 73 del Código Tributario señala que
la actuación de la Administración Tributaria debe
desarrollarse con arreglo a los principios de simplif‌i cación,
celeridad y ef‌i cacia, en virtud de lo cual es un deber del
Municipio del Distrito Metropolitano de Quito facilitar a
los contribuyentes, responsables y terceros el cumplimiento
de sus obligaciones y deberes, de conformidad con el
Ordenamiento Jurídico Vigente;
Que, la Sección Octava del Capítulo III del Título IX del
establece el Impuesto sobre el valor de las entradas a los
Espectáculos Públicos legalmente permitidos;
Que, el Capítulo II del Título I del Libro Tercero del Código
Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito sustituido
por la Ordenanza Metropolitana No. 0204, sancionada con
fecha 30 de marzo de 2007 y publicada en Registro Of‌i cial
No. 116 de 29 de junio de 2007, referente a las “Normas
sobre el Pago del Impuesto a los Espectáculos Públicos”
regula en su Sección III el tratamiento de las Imprentas
Autorizadas a imprimir entradas para los espectáculos
públicos a realizarse en el Distrito Metropolitano de Quito
en concordancia con la Ordenanza Metropolitana No. 0267,
sancionada el 20 de julio de 2012 y publicada en el Registro
Of‌i cial No. 779 de 31 de agosto de 2012, la cual establece
la regulación y control de los espectáculos deportivos
masivos;
Que, el Art III… Selección y registro de imprentas de la
Sección III del Capítulo II del Título I del Libro Tercero
del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de
Quito, sustituido por la Ordenanza Metropolitana No. 0204
ibídem, faculta a la Dirección Financiera de Rentas para
que mediante convocatoria pública dirigida a las Imprentas
Autorizadas por el Servicio de Rentas Internas del Ecuador,
seleccione a las Imprentas Autorizadas a imprimir entradas
para los espectáculos públicos y, otorgue un número de
autorización para el registro correspondiente;
Que, en concordancia con lo anterior, la Ordenanza
Metropolitana No. 0204, sancionada con fecha 30 de marzo
de 2007 y publicada en Registro Of‌i cial No. 116 de 29 de
junio de 2007, en la Sección III establece de manera general
los deberes que deben cumplir las Imprentas Autorizadas
a imprimir entradas para los espectáculos públicos a
realizarse en el Distrito Metropolitano de Quito;
Que, de acuerdo a lo señalado en los artículos 7 y 8 del
Código Tributario, en concordancia con establecido
en la Disposición General Primera de la Ordenanza
Metropolitana No. 0141 publicada en el Registro Of‌i cial
No. 867, segundo suplemento del 21 de octubre de 2016,
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