Resolución:

Fecha de publicación03 Julio 2017
Número de Gaceta25
Págs.
FUNCIÓN EJECUTIVA
ACUERDO:
INSTITUTO DE IDIOMAS, CIENCIAS
Y SABERES ANCESTRALES:
2017-001 Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos .................................. 1
RESOLUCIÓN:
AGENCIA DE REGULACIÓN
Y CONTROL DE ELECTRICIDAD - ARCONEL:
ARCONEL - 032/17 Modifíquese el Pliego Tarifario 2017 . 19
Nro
. 2017-001
El Director Ejecutivo del Instituto
de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales
Considerando:
del Ecuador, “Se reconoce y garantizará a las comunas,
comunidades pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad
con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones
y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los
siguientes derechos colectivos:” “mantener, proteger y desarrollar
los conocimientos colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes
ancestrales; los recursos genéticos que contienen la diversidad
biológica y la agrobiodiversidad; sus medicinas y prácticas de
medicina tradicional, con inclusión del derecho a recuperar,
promover y proteger los lugares rituales y sagrados, así como
plantas, animales, minerales y ecosistemas dentro de sus territorios;
y el conocimiento de los recursos y propiedades de la fauna y f‌l ora”;
Que, el artículo 343 de la Carta Magna, establece que: “el sistema
nacional de educación tendrá como f‌i nalidad el desarrollo de
capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la
población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y
Año I - Nº 25
Quito, lunes 3 de
julio de 2017
Valor: US$ 2,50 + IVA
EDICIÓN ESPECIAL
ABG. JAQUELINE VARGAS CAMACHO
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Impreso en Editora Nacional
58 páginas
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Al servicio del país
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2 – Lunes 3 de julio de 2017 Edición Especial Nº 25 – Registro Of‌i cial
utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes
y cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que
aprende, y funcionará de manera f‌l exible y dinámica,
incluyente, ef‌i caz y ef‌i ciente”;
Que, el inciso segundo del artículo 344 del ordenamiento
constitucional, determina que: “el Estado ejercerá la rectoría
del sistema a través de la autoridad educativa nacional,
que formulará la política nacional de educación; asimismo
regulará y controlará las actividades relacionadas con la
educación, así como el funcionamiento de las entidades del
sistema”;
Que, en el inciso primero del artículo 89 de la Ley Orgánica
de Educación Intercultural, establece que: “el Instituto de
Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales de los Pueblos
y Nacionalidades.– Es una entidad del SEIB adscrita
a la Autoridad Nacional de Educación. Se encarga de
fortalecer las políticas educativas establecidas por la
Autoridad Educativa Nacional y el Consejo plurinacional
de Educación Intercultural Bilingüe, promueve el uso y el
desarrollo de los saberes, ciencias e idiomas ancestrales de
los pueblos y de las nacionalidades. El Estado provee del
presupuesto para el funcionamiento de esta entidad”;
Que, en el inciso primero del artículo 255 del Reglamento
dispone que: “el Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales es una entidad de derecho público, con
personería jurídica, adscrita al Ministerio de Educación,
y parte integral del Sistema de Educación Intercultural
Bilingüe, con sede en la ciudad de Quito y con jurisdicción
nacional”;
Que, mediante Disposición General Sexta del Reglamento
LOEI dispone: “Créase el Instituto de Idiomas, Ciencias
y Saberes Ancestrales, de acuerdo con lo establecido en el
Capítulo IV del Título VIII del presente Reglamento; este
instituto se f‌i nanciará con los recursos que se le asignen
en el Presupuesto General del Estado. El Ministerio de
Finanzas, de conformidad con las atribuciones previstas en
el Código Orgánico de Planif‌i cación y Finanzas Públicas,
expedirá las regulaciones presupuestarias necesarias para
el efecto”;
Que, mediante Acuerdo Nro. MINEDUC-2017-00043-A,
del 12 de mayo del 2017, el señor Ministro de Educación
delega al Director/a Ejecutivo/a del Instituto de Idiomas,
Ciencias y Saberes Ancestrales-IICSAE para que, a más de
las atribuciones y responsabilidades propias determinadas
en el artículo 258 del Reglamento General a la Ley Orgánica
de Educación Intercultural, a nombre de la Autoridad
Educativa Nacional apruebe y suscriba el Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos del Instituto de
Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales.
Que, mediante Of‌i cio No. SENPLADES-SGTEPBV-2015-
0057-OF de 20 de mayo de 2015, la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo, emitió informe favorable a la
matriz de competencias y análisis de presencia institucional
en territorio del Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales del Ecuador IICSAE, a f‌i n de continuar con el
proceso de institucionalidad respectivo;
Que, mediante Of‌i cio No. MDT-VSP-2017-0385 de 24 de
mayo de 2017 el Ministerio del Trabajo, aprueba el rediseño
de la estructura institucional y emite informe favorable
al proyecto de reforma al estatuto orgánico y aprueba el
cambio de denominación de siete (07) puestos del nivel
jerárquico superior del instituto de idiomas, ciencias y
saberes ancestrales.
En ejercicio de las facultades que le conf‌i ere el Acuerdo
Nro. MINEDUC-MINEDUC-2017-00043-A del 12 de
mayo del 2017,
Acuerda:
Expedir el ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN
ORGANIZACIONAL POR PROCESOS del Instituto de
Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales.
CAPITULO
I
DEL DIRECCIONAMIENTO
ESTRATEGICO
Artículo 1.- El Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales se alinea con su misión y def‌i ne su estructura
institucional sustentada en su base legal y direccionamiento
estratégico institucional determinados en su matriz de
competencias, planif‌i cación institucional y modelo de
gestión.
Artículo 2.- Misión: Ser la institución responsable de
generar capacidades en las Nacionalidades y Pueblos con el
objeto de empoderarlos en el desarrollo, fortalecimiento y
recuperación de sus idiomas, ciencias y saberes ancestrales
alineados a las leyes y al Plan Nacional del Buen Vivir,
mediante la difusión, investigación y metodologías.
Visión: Convertirse en un referente internacional de una
gestión ef‌i ciente y con resultados en lo que compete a la
recuperación y desarrollo de los idiomas, ciencias y saberes
ancestrales hasta el año 2020.
Artículo 3.- Principios y Valores:
Principios: Reconocer y garantizar a las comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, sus
derechos colectivos de conformidad con la Constitución
y con los pactos, convenios, declaraciones y demás
instrumentos internacionales de derechos humanos.
Excelencia.- Dar lo mejor en cada una de nuestras
acciones.
• Trabajo en equipo.- Saber escuchar y construir en
nuestras actividades diarias con el resto del equipo.
Transparencia.- Informar cada uno de nuestros actos
que impacten a la ciudadanía sin omitir ningún detalle.
Equidad.- Buscar en cada una de nuestras acciones
el otorgar al resto proporcionalmente acorde a sus
necesidades.
Valores: Respeto y amor a la pacha mama, respeto a las
tradiciones, uso y costumbres; conservación y promoción
de su cultura.
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Lunes 3 de julio de 2017 – 3Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 25
Honestidad.- Actuar con transparencia e integridad en
cada una de las acciones que se realicen.
Solidaridad.- Entender las necesidades y los problemas
de las demás personas, dentro y fuera del instituto para
apoyar.
Respeto.- Entender y aceptar las diferencias individuales
y grupales antes de accionar.
Reciprocidad.–Relación de correspondencia mutua con
organizaciones e
instituciones.
Artículo 4.- Objetivos Institucionales:
1. Generar capacidades en las Nacionalidades y Pueblos
con el objeto de empoderarlos en el desarrollo
y fortalecimiento de idiomas, ciencias y saberes
ancestrales;
2. Investigar, recuperar, fortalecer y desarrollar los
idiomas, ciencias y los saberes ancestrales;
3. Investigar, sistematizar, registrar y difundir por todos
los medios los idiomas, las ciencias, los saberes, los
conocimientos relativos a temas de interculturalidad,
plurinacionalidad, identidad, historia, cultura, economía
comunitaria, gobierno comunitario;
4. Investigar, sistematizar y llevar el registro lingüístico
de los idiomas
ancestra
les de la República del Ecuador;
5. Formular las normas lingüísticas de los idiomas
ancestrales de la República del Ecuador;
6. Investigar y formular las metodologías de aprendizajes
de los idiomas ancestrales de la República del Ecuador;
7. Diseñar las estrategias, líneas y programas de
comunicación en idiomas ancestrales;
8. Promocionar la participación académica e intelectual de
los pueblos y nacionalidades en espacios académicos
nacionales e internacionales;
9. Referenciar los procesos de los saberes ancestrales para
su legitimación y registro de patentes.
CAPITULO
II
DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL
SERVICIO
Y DESARROLLO
INSTITUCIONAL
Artículo 5.- Comité de Gestión de Calidad del Servicio
y el Desarrollo Institucional.- De conformidad con lo
previsto en el artículo 138 del Reglamento General a la
Ley Orgánica del Sector Público (LOSEP), el Instituto de
Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales, cuenta con el
Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo
Institucional, que tendrá la responsabilidad de proponer,
monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas
y prioridades relativas al mejoramiento de la ef‌i ciencia
institucional.
El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará
integrado por;
a) La autoridad nominadora o su delegado, quien lo
presidirá;
b) El responsable del proceso de Planif‌i cación y Gestión
Estratégica;
c) Una o un responsable por cada uno de los procesos o
unidades administrativas; y,
d) La o el responsable de la UATH o quien hiciere sus
veces.
CAPITULO
III
DE LOS PROCESOS Y LA ESTRUCTURA
INSTITUCIONAL
Artículo 6.- Procesos Institucionales.–Para cumplir con
la misión del Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales determinada en su planif‌i cación estratégica y
modelo de gestión, se gestionarán los siguientes procesos
en la estructura institucional del nivel central.
Gobernantes.- Son aquellos procesos que propor-
cionan directrices, políticas y planes estratégicos,
para la dirección y control del Instituto de Idiomas,
Ciencias y Saberes Ancestrales.
Sustantivos.- Son aquellos procesos que realizan las
actividades esenciales para proveer de los servicios
y productos que se ofrece a sus clientes y/o usuarios,
los mismos que se enfocan a cumplir la misión del
Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales.
Adjetivos.- Son aquellos procesos que proporcionan
productos o servicios a los procesos gobernantes y
sustantivos, se clasif‌i can en procesos adjetivos de
asesoría y de apoyo.
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