Resolución Nº 347-2017-F. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2017-03

JurisdicciónEcuador
Número de resolución347-2017-F
Fecha2017-03
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
I>
trl Junta de Regulación
Morffiria Financiera
Resolución No. 347 -2017 -F
LA JUNTA DE políncA y REGULAcIóN MoNETARIA y FINANcTERA
CONS¡DERANDO:
Que mediante resolución No. 130-2015-F de 23 de septiembre de 2015, la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera expidió las "Normas para la constitución de provisiones de
activos de riesgo en las cooperativas de ahorro y crédito", misma que fue reformada por las
resoluciones Nos. 163-2015-F de 16 de diciembre de 2015:209-2016-F de 12 de febrero de 2016;
y, 255-2016-F de 27 de junio de 2016;
Que mediante resolución No. 163-2015-F de 16 de diciembre de 2015, la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera expidió la "Norma para el proceso de fusión extraordinario de
entidades del sector financiero popular y solidario";
Que de acuerdo con el artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, determina que los actos normativos pueden ser derogados o reformados, cuando así se
lo considere conveniente:
Que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria mediante oficio No. SEPS-SGD-2017-
02755 de 6 de febrero de 2017, como alcance al oficio No. SEPS-SGD-2016-20035 de 16 de
noviembre de 2016, que acompaña el memorando No. SEPS-SGD-|GJ-2016-1311 e informe No.
SEPS-IR-DNRPLA-2O16-1037 de 15 de noviembre de 2016, del Intendente General Jurídico y del
lntendente de Riesgos de la referida Superintendencia, que contienen los criterios jurídico y
técnico, respectivamente, con un proyecto de resolución, remite para conocimiento y aprobación de
la Junta la propuesta de reforma a las resoluciones Nos. 130-2015-F de 23 de septiembre de 2015
y 163-2015-F de 16 de diciembre de 2015;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera en sesión extraordinaria por medios
tecnofógicos convocada el 15 de marzo de2017, con fecha 22 de marzo de 2017, conoció y trató
las reformas a las resoluciones Nos. 130-2015-F de 23 de septiembre de 2015 y 163-2015-F de 16
de diciembre de 2015;
Que es necesario que las entidades del sector financiero popular y solidario, que enfrentan
dificultades temporales, cuenten con el tiempo adecuado para realizar los ajustes que permitan
recuperar su capacidad de generar resultados, a fin de cubrir los requerimientos normativos de
provisiones y coadyuvar a la sostenibilidad de las entidades; y,
En ejercicio de sus funciones resuelve expedir la siguiente:
NORMA REFORMATORIA A LAS NORMAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE PROVISIONES DE
ACTIVOS DE RIESGO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉD|TO
ARTíCULO ÚttlCO.- En la resolución No. 130-2015-F de 23 de septiembre de 2015, reformada por
las resoluciones Nos. 163-2015-F de 16 de diciembre de 2015',209-2016-F de 12 de febrero de
2016; y, 255-2016-F de 27 de junio de 2016, efectúense las siguientes reformas:
1. Agréguese como Disposición General Sexta, la siguiente:
"SEXTA.- La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria podrá autorizar a las
entidades del segmento 1 que se encuentren en un programa de supervisiÓn intensiva, un
cronograma para la constitución de provisiones cuyo plazo no supere al de dicho
programa."
Direcc¡ón: Av. l0 de Agosto N11-409 y Briceño, Piso I
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