Resolución Nº 483-2018-S. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2018-12

JurisdicciónEcuador
Fecha2018-12
Número de resolución483-2018-S
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
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J> i [Íon#ri" Financiera
Resolución No. 483-201 8-S
LA JUNTA DE poLíTtcA y REGULnctót¡ MoNETAR|A y FtNANctERA
CONSIDERANDO:
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se encuentra en vigencia desde su publicación en
el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 de 12 de septiembre de 2014, en cuyo
artículo 13 se crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera como parte de la
Función Ejecutiva, responsable de la formulación de políticas públicas y la regulación y supervisión
monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores;
Que el artículo 80 numeral 3 del Código Orgánico Monetario y Financiero, establece que la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados tiene
como funciones, entre otras, administrar el Fondo de Seguros Privados y los recursos que lo
constituyen;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera expidió las Normas Generales del
Fondo de Seguros Privados, mediante Resolución No. 174-2015-5 de 21 de diciembre de 2015 y
sus reformas, que en su artículo 11 determina que las empresas de seguros del sistema de seguro
privado realizarán la contribución de 1,5% sobre el valor de las primas netas emitidas de seguros
directos, que estará compuesta por una prima fija anual y otra prima variable ajustada por riesgo,
de acuerdo a las alícuotas fijadas por el directorio de la COSEDE para el Fondo de Seguros
Privados; que para el cálculo de la mencionada contribución se utilizará el monto total las
primas netas emitidas de seguros directos del año inmediato anterior y que el valor resultante se
distribuirá en 12 pagos mensuales de igual valor, que serán realizados dentro de los 15 primeros
días de cada mes;
Que la Ley Orgánica para la Reestructuración de las Deudas de la Banca Pública, Banca Cerrada
y Gestión del Sistema Financiero Nacional y Régimen de Valores, publicada en el Suplemento del
Registro Oficial No. 986, de 18 de abril de 20i7, sustituyó el articulo 349 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, estableciendo que el Fondo de Seguros Privados se constituirá, entre otros
recursos que se considerarán públicos, con una contribución básica de hasta el0,7o/o sobre el valor
de las primas netas de seguros directos que realizarán todas las empresas aseguradoras, en el
porcentaje que fije anualmente la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera; y, una
contribución variable de hasta 0,8% del mismo valor en función de las calificaciones de riesgo,
fijadas asimismo por la Junta, cuyo máximo porcentaje no podrá sobrepasar, en ningún caso, el
120o/o de la contribución básica:
Que mediante Resolución No. 383-2017-5 de 22 de mayo de 2017, la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera expidió la Norma para Fijar la Contribución al Fondo de
Seguros Privados;
Que mediante Resolución No. 430-2017-S de 28 de diciembre de 2017,la Junta de Potítica y
Regulación Monetaria y Financiera, determinó, para el ejercicio económico 2017, una contribución
básica de 0,7o/o sobre el valor de las primas netas de seguros directos de las compañías de
seguros del Sistema de Seguros Privados; y, una contribución ajustada por riesgo (CAR) de las
empresas de seguro en función de las calificaciones de riesgo asignadas por el respectivo
organismo de control;
Que el Directorio de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de
Seguros Privados en sesión ordinaria por medios tecnológicos, de 30 de noviembre de 2018,
resolvió remitir, para conocimiento y aprobación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Dirección: Av. 10 de Agosto N1 1-409 y Briceño, Piso 8
Teléfono: (593-2) 393 8600
www.juntamonetariafinanciera.gob.ec IT
IT

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