Resolución Nro. JPRM-2024-003-G de Banco Central, 2024

Número de resoluciónJPRM-2024-003-G
Año2024
Fecha09 Febrero 2024
RESOLUCIÓN Nro. JPRM-2024-003-G
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 226, prescribe que las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la Ley;
Que, el artículo 227 ibídem señala que la Administración Pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
coordinación, planificación, entre otros;
Que, el inciso primero del artículo 303 ut supra determina que la formulación de las políticas
monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la Función
Ejecutiva y se instrumentará a través del Banco Central del Ecuador;
Que, el artículo 30.1 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece que: Dentro del
plazo de treinta días posteriores a la publicación de los estados financieros, el Banco
Central del Ecuador destinará las utilidades conforme el siguiente orden: 1. Para cubrir
las pérdidas acumuladas de los ejercicios anteriores; 2. De existir un remanente, la
Junta de Política y Regulación Monetaria establecerá un porcentaje que no será menor
al treinta por ciento para acreditar a la cuenta fondo de reserva general hasta que esta
sea igual al quinientos por ciento del capital autorizado y pagado del Banco Central del
Ecuador; y, 3. El saldo será transferido al Presupuesto General del Estado. No podrá
hacerse ninguna otra distribución de utilidades del Banco Central del Ecuador a los
referidos en este artículo;
Que, el artículo 47.1 del Código Orgánico ya referido creó la Junta de Política y Regulación
Monetaria, como parte de la Función Ejecutiva, responsable de la formulación de la
política monetaria, máximo órgano de gobierno del Banco Central del Ecuador, y
determina su conformación;
Que, mediante resolución No. JPRM-2024-002-G, de 8 de febrero de 2024, la Junta de
Política y Regulación Monetaria resolvió aprobar los estados financieros auditados del
Banco Central del Ecuador, con corte al 31 de diciembre de 2023; y, dispuso al Banco
Central del Ecuador la publicación de los estados financieros auditados y aprobados,
en la página web institucional;
Que, la Junta de Política y Regulación Monetaria, en sesión extraordinaria por modalidad
mixta, con fecha 9 de febrero de 2024, conoció la propuesta de resolución para la

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