Resoluciones 729. Resolución 729 - Revócase temporalmente el ejercicio de la Regencia Forestal al ingeniero Alejandro Quiñonez Cortez

Número de Boletín863
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Ambiente
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2012

Marcela Aguiñaga Vallejo

MINISTRA DEL AMBIENTE

Considerando:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 227 de la Constitución de la República, la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, transparencia y evaluación;

Que, el artículo 83 numeral 6 de la Constitución de la República establece: "Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos (...): 6. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible".

Que, el artículo 396 de la Constitución de la República, establece que la responsabilidad por daños ambientales es objetiva;

Que, de conformidad con el artículo 89 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los actos administrativos que expidan los órganos y entidades sometidos a este Estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa, de oficio o a petición del administrado;

Que, el artículo 43 de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, dispone que el Ministerio del Ambiente supervigilará todas las etapas primarias de producción, tenencia, aprovechamiento y comercialización de materias primas forestales; además de supervigilar respecto de la flora y fauna silvestres;

Que, el artículo 120 del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Medio Ambiente, Libro III, determina que sobre la base del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, previsto en la ley, el Ministerio del Ambiente estructurará el Sistema Nacional de Control Forestal como un mecanismo para mejorar la gestión administrativa y la supervisión forestal;

Que, el artículo 122 del Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Medio Ambiente, considera a la regencia forestal como el mecanismo por el cual el Ministerio del Ambiente, en calidad de autoridad nacional forestal, delega a ingenieros forestales en libre ejercicio profesional las labores de control, supervisión del aprovechamiento forestal, asistencia técnica para el manejo sustentable del recurso forestal para lo cual será supervisada y regulada mediante los respectivos Acuerdos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR