Ordenanzas Provinciales. Provincia de Los Ríos: Que regula la contribución especial de mejoras gene-rales y el fondo para el mantenimiento vial de aporte comunitario

Número de Boletín842
SecciónOrdenanzas Provinciales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2012

EL CONSEJO PROVINCIAL

DE LOS RIOS

Considerando:

Que el Art. 181 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece lo siguiente: "Facultad Tributaria.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales podrán crear, modificar o suprimir mediante normas provinciales, tasas y contribuciones especiales de mejoras generales o especificas por los servicios que son de su responsabilidad y por las obras que se ejecuten dentro del ámbito de sus competencias y circunscripción territorial".

Que el Art. 184 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, faculta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales el establecimiento de una contribución especial por mejoramiento vial, sobre la base del valor de la matriculación vehicular.

Que dada la fragmentación del territorio provincial, la alta densidad poblacional del sector rural, el uso comunitario del suelo y los niveles socio-económicos de la población, se hace muy difícil el establecimiento de un catastro rural que permita al momento el establecer compensaciones por mejoras de...

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