Acuerdo MCPEC-2013-023 - Nómbrase al Ing. Diego Rivadeneira Sarzosa, Secretario Técnico, encargado

Número de Boletín39
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad
Fecha de la disposición22 de Abril de 2013

Richard Espinosa Guzmán B.A

MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA

PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Considerando:

Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creado mediante Decreto Ejecutivo N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007, el mismo que fue reformado mediante Decreto Ejecutivo No 1450, publicado en el Registro Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009.

Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 1483, de 10 de abril de 2013, el señor Presidente Constitucional de la República, nombró al señor Richard Espinosa Guzmán B.A., como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad; Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 437, publicado en el Registro Oficial N° 120 de 5 de julio de 2007, se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno;

Que, de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros tienen la siguiente facultad: "... Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado";

Que, el artículo 17-5 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece que "Secretarías Técnicas.- Cada Ministerio de Coordinación dispondrá de una Secretaría Técnica dependiente del correspondiente Ministerio, que será la encargada de dar viabilidad a las resoluciones y acuerdos adoptados por los ministros coordinadores, y de apoyar técnicamente a las instituciones públicas que integran las diferentes áreas de trabajo."

Que, el artículo 127 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala que "el encargo de un puesto vacante procede por disposición de la Ley o por...

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