Acuerdos. 0271-2018 Deléguese al/la Director/a Nacional de Centros Especializados, para que reciba la donación de veinte mil (20.000) lancetas para toma de muestra; veinte mil (20.000) pares de guantes; veinte mil (20.000) curitas redondas; y, veinte mil (20.000) torundas de alcohol antiséptico, ofrecidas por laboratorios ASMEDLAB a favor del Ministerio de Salud Pública
Número de Boletín | 358 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Salud Pública |
2 – Martes 30 de octubre de 2018 Segundo Suplemento – Registro Ofi cial Nº 358
N° 537
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo 286 de la Constitución de la República
dispone que las fi nanzas públicas, en todos los niveles de
gobierno, se conduzcan de forma sostenible, responsable y
transparente y procurarán la estabilidad económica;
Que, el numeral 2 del artículo 124 del Código Orgánica de
Planifi cación y Finanzas Públicas determina que el saldo
de la deuda pública total no podrá superar el equivalente al
40% del Producto Interno Bruto;
Que, mediante Decreto Ejecutivo número 1218 del 20 de
octubre de 2016, publicado en el Suplemento del Registro
Ofi cial número 869 del 25 de octubre de 2016, se expidieron
varias reformas al Reglamento General del Código
Orgánico de Planifi cación y Finanzas Públicas, incluyendo
algunas que se refi eren al cálculo de la relación deuda/ PIB;
Que, en el Suplemento del Registro Ofi cial 309 del 21
de agosto del 2018 se publicó la Ley Orgánica para el
de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, en la cual
se determinan con claridad nuevas reglas respecto del
componente de endeudamiento público, relacionadas a la
sostenibilidad fi scal y al límite de endeudamiento público;
y,
Que mediante ofi cio número MEF-MINFIN-2018-0383-O,
el Ministro de Economía y Finanzas solicitó la derogatoria
del Decreto Ejecutivo número 1218 del 20 de octubre de
2016, publicado en el Suplemento del Registro Ofi cial
número 869 del 25 de octubre de 2016.
En ejercicio de la facultad que le confi ere el numeral 13 del
y, la letra f) del artículo 11 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Decreta:
Artículo único.- Deróguese el Decreto Ejecutivo número
1218 del 20 de oct ubre de 2016, publicado en el Suplemento
del Registro Ofi cial número 869 del 25 de octubre de 2016.
Disposición fi nal.- De la ejecución del presente Decreto
Ejecutivo que entrará en vigencia a partir de su publicación
en el Registro Ofi cial, encárguese al Ministerio de Economía
y Finanzas.
Dado en, Quito, en el Palacio Nacional, a 15 de octubre
del 2018.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
f.) Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas.
Quito, 18 de octubre del 2018, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. 0271-2018
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
Que, La Constitución de la República del Ecuador, en el
artículo 154, numeral 1, dispone que corresponde a las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la Ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva dispone que las atribuciones propias
de las diversas entidades y autoridades de la Administración
Pública Central e Institucional serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que
se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de
2017, publicado en el Segundo Suplemento del Registro
Ofi cial No. 934 de 31 de enero de 2017, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador nombró a la
doctora María Verónica Espinosa Serrano como Ministra
de Salud Pública;
Que, con Acuerdo No. 041-CG-2017 publicado en el
Suplemento del Registro Ofi cial No. 150 de 29 de diciembre
de 2017, la Contraloría General del Estado expidió el
“Reglamento General para la Administración, Utilización,
Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector
Público, cuerpo normativo que en su artículo 31 prevé a
la donación como una de las formas para que las entidades
y organismos señalados en el artículo 1 adquieran bienes;
Que, a través del Acuerdo Ministerial No. 4779 publicado
en el Registro Ofi cial No. 222 de 9 de abril de 2014, se
implementó en el país la prueba del Tamizaje Metabólico
Neonatal en todas las unidades de salud que conforman
el Sistema Nacional de Salud, con el fi n de determinar
y prevenir discapacidades presentes o que pudieran
desarrollarse en los recién nacidos vivos;
Que, con ofi cio No. AM-001-2018 de 19 de septiembre de
2018 dirigido a la Máxima Autoridad de este Portafolio,
el Ing. Roberto Toapanta, Gerente de Laboratorios
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