Acuerdos 2014-0001. Dispónese que el personal sanitario que forma parte de la nómina que labora en las instituciones del Estado, serán sometidos al proceso de traspaso de puestos al Ministerio de Salud Pública
Número de Boletín | 239 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerios de Relaciones Laborales y de Salud Pública |
Fecha de la disposición | 3 de Abril de 2014 |
EL MINISTRO DE RELACIONES LABORALES
Y LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
Que, la Constitución de la República en el artículo 32 establece que la salud es un derecho garantizado por el Estado y su realización se vincula con el ejercicio de otros derechos, entre ellos, el trabajo y señala que el Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción;
Que, la Constitución de la República en el mencionado artículo 32 manda que la prestación de los servicios de salud se regirá, entre otros, por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia y eficacia;
Que, la Constitución de la República del Ecuador determina en el artículo 83 numeral 7 que es un deber y responsabilidad de las y los ecuatorianos el promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme al buen vivir;
Que, la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) en el artículo 22 literal c) establece como uno de los deberes de las y los servidores públicos cumplir de manera obligatoria la jornada de trabajo legalmente establecida, de conformidad con sus disposiciones;
Que, el artículo 25 de la LOSEP establece las jornadas de trabajo para las entidades, instituciones, organismos y personas jurídicas señaladas en el artículo 3 de esta Ley, en el cual señala que la jornada ordinaria es aquella que se cumple por ocho horas diarias efectivas y continuas;
Que, el artículo 51 de la LOSEP establece entre las competencias del Ministerio de Relaciones Laborales ejercer la rectoría en materia de remuneraciones del sector público;
Que, mediante la Resolución No. MRL- 2011-000033 de 2 de febrero de 2011, emitida por el Ministerio de Relaciones Laborales para las Unidades de Atención Médica, se dispuso que los puestos de profesionales de la salud; médicos, odontólogos, enfermeras, tecnólogos médicos, obstetrices y...
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