Resoluciones. SB-DTL-2017-294 Arquitecta Claudia Alejandra Benítez Barba
Número de Boletín | 1002 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Superintendencia de Bancos |
46 – Jueves 11 de mayo de 2017 Registro Ofi cial Nº 1002
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en
Quito, Distrito Metropolitano, el trece de abril del dos mil
diecisiete.
f.) Ab. Gabriel Solís Vinueza, Director de Trámites Legales.
LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el trece
de abril del dos mil diecisiete.
f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna, Secretario General, Encargado.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.- Certifi co que
es fi el copia del original.- f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna,
Secretario General (E).- 24 de abril de 2017.
No. SB-DTL-2017-290
Gabriel Solís Vinueza
DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES
Considerando:
Que el arquitecto Hugo Ernesto Sánchez Escalante, ha
solicitado a la Superintendencia de Bancos la califi cación
como perito valuador de bienes inmuebles;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 332 de 12 de
septiembre del 2014, establece dentro de las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la califi cación
de los peritos valuadores;
Que la primera disposición transitoria del Código Orgánico
Monetario y Financiero, dispone que las resoluciones
que constan en la Codifi cación de Resoluciones de la
Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta
Bancaria, mantendrán su vigencia en todo lo que no se
oponga a lo dispuesto en el Código Orgánico Monetario
y Financiero, hasta que la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera resuelva lo que corresponda, según
el caso;
Que el artículo 4, del capítulo IV “Normas para la
califi cación y registro de peritos avaluadores”, del título XXI
“De las califi caciones otorgadas por la Superintendencia de
Bancos y Seguros”, del libro I “Normas generales para las
Instituciones del Sistema Financiero” de la Codifi cación de
Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros
y de la Junta Bancaria, establece los requisitos para la
califi cación de los peritos valuadores;
Que mediante memorando No. SB-DTL-2017-0415-M
de 17 de abril del 2017, se señala que, el arquitecto Hugo
Ernesto Sánchez Escalante, cumple con los requisitos
establecidos en la norma citada en el considerando
precedente; y a la fecha, no se halla en mora como deudor
directo o indirecto y no registra cheques protestados ni
cuentas corrientes cerradas; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor
Superintendente de Bancos, Encargado, mediante
resolución No. SB-2015-151, de 2 de marzo de 2015, y
resolución ADM-2016-13306 de 22 de febrero de 2016;
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR al arquitecto Hugo Ernesto
Sánchez Escalante, portador de la cédula de ciudadanía
No. 040089189-1, para que pueda desempeñarse como
perito valuador de bienes inmuebles, en las instituciones
que se encuentran bajo el control de la Superintendencia
de Bancos.
ARTÍCULO 2.- Disponer que se incluya la presente
resolución en el registro de peritos valuadores, se le asigne
el número de registro No. PVQ-2017-1826 y se comunique
del particular a la Superintendencia de Compañías, Valores
y Seguros.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en
Quito, Distrito Metropolitano, el diecisiete de abril del dos
mil diecisiete.
f.) Ab. Gabriel Solís Vinueza, Director de Trámites Legales.
LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el
diecisiete de abril del dos mil diecisiete.
f.) Lic. Pablo Cobo Luna, Secretario General, Encargado.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.- Certifi co que
es fi el copia del original.- f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna,
Secretario General (E).- 24 de abril de 2017.
No. SB-DTL-2017-294
Gabriel Solís Vinueza
DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES
Considerando:
Que la arquitecta Claudia Alejandra Benítez Barba, ha
solicitado a la Superintendencia de Bancos la califi cación
como perito valuador de bienes inmuebles;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 332 de 12 de
septiembre del 2014, establece dentro de las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la califi cación
de los peritos valuadores;
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