Resoluciones. SB-DTL-2017-300 Arquitecta Ángela Ximena Ortiz Flores

Número de Boletín1002
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Bancos
Jueves 11 de mayo de 2017 – 47Registro Of‌i cial Nº 1002
Que la primera disposición transitoria del Código Orgánico
Monetario y Financiero, dispone que las resoluciones
que constan en la Codif‌i cación de Resoluciones de la
Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta
Bancaria, mantendrán su vigencia en todo lo que no se
oponga a lo dispuesto en el Código Orgánico Monetario
y Financiero, hasta que la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera resuelva lo que corresponda, según
el caso;
Que el artículo 4, del capítulo IV “Normas para la
calif‌i cación y registro de peritos avaluadores”, del título XXI
“De las calif‌i caciones otorgadas por la Superintendencia de
Bancos y Seguros”, del libro I “Normas generales para las
Instituciones del Sistema Financiero” de la Codif‌i cación de
Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros
y de la Junta Bancaria, establece los requisitos para la
calif‌i cación de los peritos valuadores;
Que mediante memorando No. SB-DTL-2017-0425-M de
19 de abril del 2017, se señala que, la arquitecta Claudia
Alejandra Benítez Barba cumple con los requisitos
establecidos en la norma citada en el considerando
precedente; y a la fecha, no se halla en mora como deudor
directo o indirecto y no registra cheques protestados ni
cuentas corrientes cerradas; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor
Superintendente de Bancos, Encargado, mediante
resolución No. SB-2015-151, de 2 de marzo de 2015, y
resolución ADM-2016-13306 de 22 de febrero de 2016;
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR a la arquitecta Claudia
Alejandra Benítez Barba, portadora de la cédula de
ciudadanía No.1720948247, para que pueda desempeñarse
como perito valuador de bienes inmuebles, en las
instituciones que se encuentran bajo el control de la
Superintendencia de Bancos.
ARTÍCULO 2.- Disponer que se incluya la presente
resolución en el registro de peritos valuadores, se le asigne
el número de registro No. PVQ-2017-1827 y se comunique
del particular a la Superintendencia de Compañías, Valores
y Seguros.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en
Quito, Distrito Metropolitano, el diecinueve de abril del
dos mil diecisiete.
f.) Ab. Gabriel Solís Vinueza, Director de Trámites Legales.
LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el
diecinueve de abril del dos mil diecisiete.
f.) Lic. Pablo Cobo Luna, Secretario General, Encargado.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.- Certif‌i co que
es f‌i el copia del original.- f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna,
Secretario General (E).- 24 de abril de 2017.
No. SB-DTL-2017-300
Gabriel Solís Vinueza
DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES
Considerando:
Que mediante resolución No. SBS-INJ-2008-145 de 14
de febrero del 2008, la arquitecta Ángela Ximena Ortiz
Flores, obtuvo la calificación para ejercer el cargo de
perito valuador de bienes inmuebles en las instituciones
del sistema financiero que se encuentran bajo el control
de la Superintendencia de Bancos; y, con resolución
SBS-INJ-2011-141 de 10 de febrero del 2011, se dejó sin
efecto la mencionada calificación;
Que la arquitecta Ángela Ximena Ortiz Flores, en
comunicación de 22 de febrero del 2017, ha solicitado la
calificación como perito valuador y con comunicaciones
de 23 de marzo y 6 de abril del 2017, completa la
documentación requerida para su calificación;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No. 332 de 12 de
septiembre del 2014, establece dentro de las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la calificación
de los peritos valuadores;
Que la primera disposición transitoria del Código
Orgánico Monetario y Financiero dispone que, las
resoluciones que constan en la Codificación de
Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y
Seguros y de la Junta Bancaria, mantendrán su vigencia
en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el Código
Orgánico Monetario y Financiero, hasta que la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera resuelva lo
que corresponda, según el caso;
Que el artículo 4, del capítulo IV “Normas para la
calificación y registro de peritos avaluadores”, del
título XXI “De las calificaciones otorgadas por la
Superintendencia de Bancos y Seguros”, del libro I
“Normas generales para las Instituciones del Sistema
Financiero” de la Codificación de Resoluciones de la
Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta
Bancaria, establece los requisitos para la calificación de
los peritos valuadores;
Que mediante memorando No. SB-DTL-2017-0436-M
de 21 de abril del 2017 se señala que, la arquitecta
Ángela Ximena Ortiz Flores cumple con los requisitos
establecidos en la norma citada en el considerando
precedente; y a la fecha, no se halla en mora como deudor
directo o indirecto y no registra cheques protestados ni
cuentas corrientes cerradas; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor
Superintendente de Bancos, Encargado, mediante
resolución No. SB-2015-151, de 2 de marzo de 2015, y
resolución ADM-2016-13306 de 22 de febrero de 2016;

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