Resoluciones. SB-DTL-2018-711 Califíquese como perito valuador de bienes inmuebles, al arquitecto Bladimir Alejandro Morales Enríquez

Número de Boletín326
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Bancos
24 – Jueves 13 de septiembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 326
con anterioridad a la vigencia del presente instrumento
y que se encuentren en los órganos resolutorios se
seguirán las siguientes disposiciones:
a. En aquellas que tengan órdenes de pago emitidas con
anterioridad a la vigencia del presente Reglamento,
deberá verif‌i carse el vencimiento del término para
pago voluntario, y con la certif‌i cación correspondiente
proceder conforme al presente Reglamento.
b. En aquellas que no contengan una orden de pago
a la vigencia del presente Reglamento, se deberá
emitirlas, con el correspondiente requerimiento de
pago voluntario y proceder conforme las directrices
emitidas con anterioridad a la vigencia del presente
Reglamento. En caso de que, una vez vencido el
término no se realice o no se presenten facilidades
de pago, deberá instruirse al órgano ejecutor para la
iniciación del procedimiento coactivo, de conformidad
con el presente Reglamento.
CUARTA.- MEDIOS DE PAGO.- Serán aceptables los
medios de pago físicos y electrónicos que son permitidos
para la recaudación de las tasas del Servicio Nacional de
Derechos Intelectuales.
Se faculta al Director General establecer las reglas y
disposiciones relativas a los pagos en el acto normativo
correspondiente en base a los principios de ef‌i ciencia,
ef‌i cacia, proporcionalidad, calidad, control y en protección
de los derechos del administrado y de los altos intereses de
esta Administración Pública.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Deróguese el Reglamento que Establece el
Procedimiento de la Acción Coactiva por Parte del
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual –IEPI
(Resolución No. CD-IEPI 06-184), publicado en el
Registro Of‌i cial No. 436 de 12 de enero de 2007 y última
reforma de Registro Of‌i cial 208, 7-VI-2010, así como toda
norma de igual o inferior jerarquía contrario a la presente
Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA: El presente Reglamento entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
El presente reglamento entra en vigencia a partir de su
expedición y se sujetará a lo dispuesto en el Código
Orgánico Administrativo y otras normas que regulen el
proceso de recaudación antes y después del procedimiento
coactivo, a f‌i n de salvaguardar los intereses institucionales.
De la ejecución de la presente Resolución, encárguese
a la Unidad de Gestión de Asesoría Jurídica, a las
Direcciones Nacionales de Propiedad Industrial, Derecho
de Autor y Derechos Conexos y Obtenciones Vegetales,
así como al Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales,
a la Dirección de Gestión Institucional y a la Unidad de
Gestión de Administración y Finanzas, en el ámbito de sus
atribuciones, y una vez aprobada la estructura orgánica del
SENADI, a los órganos administrativos correspondientes.
Dispóngase la publicación del presente instrumento en
la página web institucional del SENADI, así como en la
Gaceta de la Propiedad Intelectual.
Dado en la ciudad de Quito D.M., a los veinte y cuatro
días del mes de julio de 2018.
Comuníquese y Publíquese.
f.) Mgs. Santiago Cevallos Mena, Director General,
Servicio Nacional de Derechos Intelectuales SENADI.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia del original.-
f.) Experta Principal en Documentación y Archivo.- Quito,
08 de agosto de 2018.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
No. SB-DTL-2018-711
Rossana Loor Aveiga
DIRECTORA DE TRÁMITES LEGALES,
ENCARGADA
Considerando:
Que el arquitecto Bladimir Alejandro Morales Enríquez ha
solicitado a la Superintendencia de Bancos la calif‌i cación
como perito valuador;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, establece dentro de las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la calif‌i cación
de los peritos valuadores;
Que el artículo 4, del capítulo IV “Normas para la
calif‌i cación y registro de peritos valuadores”, del
título XVII “De las calif‌i caciones otorgadas por la
Superintendencia de Bancos”, del libro I “Normas de
control para las entidades de los sectores f‌i nancieros
público y privado”, de la Codif‌i cación de las Normas de la
Superintendencia de Bancos, establece los requisitos para
la calif‌i cación de los peritos valuadores;
Que mediante memorando No. SB-DTL-2018-1066-M de
17 de julio del 2018, se señala que, el arquitecto Bladimir
Alejandro Morales Enríquez cumple con los requisitos
establecidos en la norma citada en el considerando
precedente; y a la fecha, no se halla en mora como deudor
directo o indirecto y no registra cheques protestados ni
cuentas corrientes cerradas; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor
Superintendente de Bancos mediante resolución No. SB-
2017-951 de 1 de noviembre del 2017; y, del encargo
conferido con resolución No. ADM-2017-13800 de 4 de
diciembre del 2017,
PO
Deróg
nto de
atorian
o. CD-IE
No. 436 de 12 de enero de
o Of‌i cial 208, 7
rior jerarquía
lica.
SICIÓN DEROGA
uese el Reglame
e la Acción Coactiva po
no de la Propiedad In
PI 06
CD-IEPI 06-184), publicado e
36 de 12 de enero de 2007 y últ
l 208, 7-VI-2010, así como to
contrario a la pr
ATO
mento que E
la Acción Coactiva p
de la Propieda
os
calidad
ministra
Públi
OSI
gu
de la Acción Coactiva por P
ano de la Propiedad Intelectua
D-IEPI 06-184), publicado
12 de enero d
A
de
lece el
rte del
l
Q
REC
R
CTOR
Rossa
SB
-DTL
IA
20
DE BA
A
el
e el
licitado
pe
arquite
oal
cto
Co
ENCA
on
TRÁM
ARGA
or Av
MITE
ia
, con
volunta
as con
nto. En
o se reali
erá instruirse al órgano ej
rocedimiento coactiv
Reglamento.
DE P
esent
no contengan
del presente Regl
n el correspondient
rio y proceder con
anterioridad a la vigencia
En caso de que, una ve
liceonosep
re
instruirse al órgano ejecutor par
imiento coactivo, de conformid
n
lame
nte requ
onforme la
a la vigencia
caso de que, una
a certi
al prese
ue n
a d
n
ar
anterioridad a la vigencia de
En caso de que, una vez ven
realice o no se presenten faci
ruirse al órgano ejec
en de
, se de
rimient
pago
eber
Com
nto d
ec
resente
d
e
s
f.)
Serv
Mg
io
q
S
quese
ju
y Pub
de
lio de
e Q
20
uito D
18
ectual.
M
NA
ente in
DI, as
des
a
f.) E
08 d
STIT
TELE
pe
TUTO
C
aciona
go C
de De
eval
e.
cución
dad de
Nacion
erechos
ano Colegiado de Derechos
Gestión Institucional y
tración y Finanz
z aprobada l
admin
lo
y otras
n antes y despu
vaguardar los inter
de la presente Re
Gestión de Asesoría Ju
nales de Propiedad Industr
s Conexos y Obten
o
Colegiado de Derechos Intelectu
ión Institucional y a la Unidad
Finanzas, en el ámbito de s
ese
Resolución
Asesoría Jurí
ales de Propiedad Indu
Conexos y O
a en
á a lo
ivo y
ción a
alva
d
e
onales de Propiedad Industrial,
hos Conexos y Obtenciones Veg
Colegiado de Derechos Intele
ocedi
titucion
miento
nales.
el
S
la c
árgue
a las
erecho
e
e
17
Aleja
t
ue me
de jul
dia
o
ción
te
ia
ón de lo
, de
de Ba
spe
da
e la C
nco
des d
Codif‌i
cio
os”, del
e l
nes o
lib
s valu
otor
es,
es,
cuen
e
eceden
cto o
o M
cid
nte; y
l 2
Morale
en
m
18, se
s E
orando
se
os val
estab
uadore

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR