SB-DTL-2018-740 Califíquese como perito valuador de bienes agrícolas, al ingeniero agrónomo Alberto Mario Larco Vera
Número de Boletín | 326 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Superintendencia de Bancos |
Jueves 13 de septiembre de 2018 – 25Registro Ofi cial Nº 326
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR al arquitecto Bladimir
Alejandro Morales Enríquez, portador de la cédula
de ciudadanía No. 040060000-3, para que pueda
desempeñarse como perito valuador de bienes inmuebles,
en las entidades que se encuentran bajo el control de la
Superintendencia de Bancos.
ARTÍCULO 2.- Disponer que se incluya la presente
resolución en el registro de peritos valuadores, se le
asigne el número de registro No. PVQ-2018-1932 y
se comunique del particular a la Superintendencia de
Compañías, Valores y Seguros.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en
Quito, Distrito Metropolitano, el diecisiete de julio del dos
mil dieciocho.
f.) Ab. Rossana Loor Aveiga, Directora de Trámites
Legales, Encargada.
LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el
diecisiete de julio del dos mil dieciocho.
f.) Lic. Pablo Cobo Luna, Secretario General, Encargado.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.- Certifi co que
es fi el copia del original.- f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna,
Secretario General (E).- 25 de julio del 2018.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
No. SB-DTL-2018-740
Rossana Loor Aveiga
DIRECTORA DE TRÁMITES LEGALES,
ENCARGADA
Considerando:
Que mediante resolución No. SBS-INJ-2011-690 de 25
de agosto del 2011, el ingeniero agrónomo Alberto Mario
Larco Vera obtuvo la califi cación para ejercer el cargo de
perito valuador de bienes agrícolas en las entidades que
se encuentran bajo el control de la Superintendencia de
Bancos; y, con resolución SBS-INJ-DNJ-2013-448 de
21 de junio del 2013, se dejó sin efecto la mencionada
califi cación;
Que el ingeniero agrónomo Alberto Mario Larco Vera, en
comunicación de 24 de mayo del 2018, ha solicitado la
califi cación como perito valuador y con comunicaciones
de 13, 16 y 19 de julio del mismo año, completa la
documentación requerida para su califi cación;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, establece dentro de las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la califi cación
de los peritos valuadores;
Que el artículo 4, del capítulo IV “Normas para la
califi cación y registro de peritos valuadores”, del
título XVII “De las califi caciones otorgadas por la
Superintendencia de Bancos”, del libro I “Normas de
control para las entidades de los sectores fi nancieros
público y privado”, de la Codifi cación de las Normas de la
Superintendencia de Bancos, establece los requisitos para
la califi cación de los peritos valuadores;
Que mediante memorando No. SB-DTL-2018-1105-M de
24 de julio del 2018 se señala que, el ingeniero agrónomo
Alberto Mario Larco Vera cumple con los requisitos
establecidos en la norma citada en el considerando
precedente; y a la fecha, no se halla en mora como deudor
directo o indirecto y no registra cheques protestados ni
cuentas corrientes cerradas; y,
En ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor
Superintendente de Bancos mediante resolución No. SB-
2017-951 de 1 de noviembre del 2017; y, del encargo
conferido con resolución No. ADM-2017-13800 de 4 de
diciembre del 2017,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR al ingeniero agrónomo
Alberto Mario Larco Vera, portador de la cédula
de ciudadanía No. 130435294-9, para que pueda
desempeñarse como perito valuador de bienes agrícolas
en las entidades que se encuentra bajo el control de la
Superintendencia de Bancos.
ARTÍCULO 2.- Disponer que se incluya la presente
resolución en el registro de peritos valuadores, se le
mantenga el número de registro No. PA-2011-1399 y
se comunique del particular a la Superintendencia de
Compañías, Valores y Seguros.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en
Quito, Distrito Metropolitano, el veinticuatro de julio del
dos mil dieciocho.
f.) Ab. Rossana Loor Aveiga, Directora de Trámites
Legales, Encargada.
LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el
veinticuatro de julio del dos mil dieciocho.
f.) Lic. Pablo Cobo Luna, Secretario General, Encargado.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.- Certifi co que
es fi el copia del original.- f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna,
Secretario General (E).- 25 de julio del 2018.
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