Resoluciones. SB-IRC-2018-28 Ingeniero Roberto Santiago Cárdenas Espín

Número de Boletín467
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Bancos
18 – Viernes 12 de abril de 2019 Registro O cial Nº 467
No. SB-IRC-2018-20
Ab. Carmen Lucía Carrasco
INTENDENTE REGIONAL DE CUENCA
Considerando:
Que mediante comunicaciones ingresadas en este
Organismo de control, el ingeniero Jorge Patricio Criollo
Polo, presenta y completa la documentación, con la
nalidad de obtener la cali cación como auditor interno de
las entidades de los sectores nancieros público y privado
sujetas al control de la Superintendencia de Bancos;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro O cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014, establece que entre las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la cali cación
de auditores internos;
Que el artículo 258 del Código Orgánico Monetario y
Financiero, determina los impedimentos para los auditores
internos;
Que mediante resolución No. SB-2017-810 de veinte
de septiembre de 2017, se aprobó la Codi cación de las
Normas de la Superintendencia de Bancos;
Que el artículo 3 del Capítulo II “Norma de control para la
cali cación y de los auditores internos de las entidades de
los sectores nanciero público y privado”, del título XVII
“De las cali caciones otorgadas por la Superintendencia de
bancos”, del libro I “Normas de control para las entidades
de los sectores nancieros público y privado” de la
Codi cación de Normas de la Superintendencia de Bancos,
establece los requisitos necesarios para su cali cación;
Que el ingeniero Jorge Patricio Criollo Polo, reúne
los requisitos exigidos en las normas reglamentarias
pertinentes; y, no registra hechos negativos en la base
de datos de operaciones activas y contingentes, cuentas
corrientes cerradas y cheques protestados;
Que mediante memorando No. SB-IRC-2018-0164-M de 4
de abril de 2018, se ha emitido informe favorable para la
cali cación solicitada; y,
En ejercicio de la delegación de atribuciones conferida por
el señor Superintendente de Bancos mediante resolución
No. SB-2015-151 de 2 de marzo de 2015,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR al ingeniero Jorge Patricio
Criollo Polo, portador de la cédula de ciudadanía No.
0101602431, para que pueda desempeñarse como auditor
interno en las entidades de los sectores nancieros públicos
y privados, sujetas al control de la Superintendencia de
Bancos.
ARTÍCULO 2.- Disponer que se incluya la presente
resolución en el registro de auditores internos y se comunique
del particular a la Superintendencia de Compañías, Valores
y Seguros.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL REGISTRO
OFICIAL- Dada en la Superintendencia de Bancos, en
Cuenca, el cuatro de abril de dos mil dieciocho.
f.) Ab. Carmen Lucía Carrasco, Intendente Regional de
Cuenca.
LO CERTIFICO.- Cuenca, cuatro de abril de dos mil
dieciocho.
f.) Ab. Verónica Herrera Jaramillo, Secretaria Ad-Hoc.
Certi co: Que es el copia del original.- Cuenca, 5 de abril
de 2018.- f.) Superintendencia de Bancos, Intendencia
Regional de Cuenca.
No. SB-IRC-2018-28
Ab. Carmen Lucía Carrasco
INTENDENTE REGIONAL DE CUENCA
Considerando:
Que el ingeniero en Administración de Empresas Roberto
Santiago Cárdenas Espín, mediante comunicaciones
ingresadas en este Organismo de control, presenta y
completa la documentación, con la nalidad de obtener
la cali cación como perito valuador de Bienes Inmuebles
de las instituciones nancieras controladas por la
Superintendencia de Bancos;
Que el numeral 24, del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro O cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014, establece dentro de las funciones
otorgadas a la Superintendencia de Bancos, la cali cación
de los peritos valuadores;
Que el último inciso del artículo 62 de Código Orgánico
Monetario y Financiero, establece que Superintendencia de
Bancos podrá expedir las normas en las materias propias
de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las
disposiciones legales ni regulaciones que expida la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera;
Que mediante resolución No. SB-2017-810 de veinte
de septiembre de 2017, se aprobó la Codi cación de las
Normas de la Superintendencia de Bancos;
Que el literal b del artículo 4, del capítulo IV “Normas
para la cali cación y registro de peritos valuadores”,
del título XVII “De las cali caciones otorgadas por la
Superintendencia de Bancos”, del libro I “Normas de
control para las entidades de los sectores nancieros
público y privado” de la Codi cación de las Normas de la
Superintendencia de Bancos, establece los requisitos para
la cali cación de los peritos valuadores;
Que mediante memorando No. SB-IRC-2018-0241-M de
14 de mayo de 2018, se señala que el ingeniero Roberto
Santiago Cárdenas Espín, cumple con los requisitos
establecidos en la norma citada en el considerando
precedente; y a la fecha, no se halla en mora como deudor
directo o indirecto y no registra cheques protestados ni
cuentas corrientes cerradas; y,
En ejercicio de la delegación de atribuciones conferida por
el señor Superintendente de Bancos mediante resolución
No. SB-2015-151 de 2 de marzo de 2015,
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