Resolución SCPM-DS-03-2018 Expídese la reforma parcial del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

Fecha de publicación18 Diciembre 2018
Número de Gaceta390
28 – Martes 18 de diciembre de 2018 Registro O cial Nº 390
No. SCPM-DS-03-2018
Danilo Sylva Pazmiño
SUPERINTENDENTE
DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO
Considerando:
Que el artículo 227 de la carta fundamental, establece:
“La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de e cacia,
e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que la Superintendencia de Control del Poder de Mercado,
fue creada mediante Ley Orgánica de Regulación y Control
del Poder de Mercado, publicada en el Registro O cial
Suplemento No. 555, de 13 de octubre de 2011, como un
organismo técnico de control, con capacidad sancionatoria,
de administración desconcentrada, con personalidad
jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa,
presupuestaria y organizativa;
Que la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder
de Mercado, en el artículo 44, numeral 10, establece
como atribución y deber del Superintendente, determinar
y reformar la estructura orgánica y funcional de la
Superintendencia;
Que el numeral 16 del artículo 44 de la Ley Orgánica de
Regulación y Control del Poder de Mercado, establece que
es atribución del Superintendente: “Expedir resoluciones de
carácter general, guías y normas internas para su correcto
funcionamiento”;
Que la letra e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado, establece que los Ministros
de Estado y las máximas autoridades de las instituciones
del Estado, son responsables de los actos, contratos o
resoluciones emanados de su autoridad. Además, se
establece entre las atribuciones y obligaciones especí cas
dictar los correspondientes reglamentos y demás normas
secundarias para el e ciente, efectivo y económico
funcionamiento de sus instituciones;
Que la Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP, en
el artículo 52, letra b) establece como atribución de las
Unidades de Administración del Talento Humano la
siguiente: “Elaborar los proyectos de estatuto, normativa
interna, manuales e indicadores de gestión del talento
humano”;
Que el artículo 136 del Reglamento a la Ley Orgánica
de Servicio Público señala: “Los proyectos de reforma
institucional o posicional que involucren afectación
presupuestaria en las instituciones que se encuentran
en el ámbito del artículo 3 de la LOSEP se someterán al
dictamen presupuestario por parte del ente rector de las
nanzas públicas, de ser el caso, previo a que el Ministerio
del Trabajo emita el correspondiente informe.”;
Que mediante Resolución No. SENRES-PROC-2006-000
0046, publicada en el Registro O cial No. 251, de 17 de
abril de 2006, el Secretario Nacional Técnico de Desarrollo
de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector
Público emitió la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos
o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por
Procesos;
Que mediante Resolución No. SCPM-DS-22-2018, de
30 de octubre de 2018, se expidió la reforma integral del
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado;
Que mediante Informe Técnico No. SCPM-INAF-DNATH-
00135-2018-IT, de 30 de octubre de 2018, la Directora
Nacional de Administración de Talento Humano, una vez
que ha efectuado el análisis de factibilidad y determinado la
procedencia técnica de modi car parcialmente el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Superintendencia de Control del Poder de Mercado, en
relación a los productos y servicios de la Dirección Nacional
Administrativa y de Compras Públicas, recomienda al
Intendente General de Gestión, la necesidad de realizar la
reforma parcial correspondiente;
Que mediante sumilla inserta en el Informe Técnico No.
SCPM-INAF-DNATH-00135-2018-IT, de 30 de octubre de
2018, Intendente General de Gestión autoriza a la Dirección
Nacional de Administración de Talento Humano, proceder
con el trámite pertinente;
Que el 06 de noviembre de 2018, la Asamblea Nacional
de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la
República del Ecuador y de acuerdo a la Resolución del
Consejo de Participación Ciudadana y Control Social No.
PLE-CPCCS-T-O-163-23-10-2018, de 23 de octubre de
2018, según fe de erratas de 05 de noviembre de 2018,
posesionó al Dr. Danilo Ivanob Sylva Pazmiño como
Superintendente de Control del Poder de Mercado; y,
Que es necesario reformar parcialmente la estructura
organizacional de la Superintendencia de Control del
Poder de Mercado, con la nalidad de generar procesos
más e cientes y óptimos para el desarrollo de la Gestión
Administrativa y de Compras Públicas.
En ejercicio de las atribuciones que le con ere el numeral
16 del Art. 44 de la Ley Orgánica de Regulación y Control
del Poder de Mercado,
Resuelve:
EXPEDIR LA REFORMA PARCIAL DEL
ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN
ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA
SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER
DE MERCADO
Artículo 1.- Sustituir el apartado de productos y
servicios, numeral 12.1.3.2, correspondiente a la Gestión
Administrativa y de Compras Públicas, por el siguiente:
“1. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de
bienes muebles e inmuebles, e informes de ejecución;
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