Resolución SCPM-DS-03-2018 Expídese la reforma parcial del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
Fecha de publicación | 18 Diciembre 2018 |
Número de Gaceta | 390 |
28 – Martes 18 de diciembre de 2018 Registro Ofi cial Nº 390
No. SCPM-DS-03-2018
Danilo Sylva Pazmiño
SUPERINTENDENTE
DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO
Considerando:
Que el artículo 227 de la carta fundamental, establece:
“La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de efi cacia,
efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación”;
Que la Superintendencia de Control del Poder de Mercado,
fue creada mediante Ley Orgánica de Regulación y Control
del Poder de Mercado, publicada en el Registro Ofi cial
Suplemento No. 555, de 13 de octubre de 2011, como un
organismo técnico de control, con capacidad sancionatoria,
de administración desconcentrada, con personalidad
jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa,
presupuestaria y organizativa;
Que la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder
de Mercado, en el artículo 44, numeral 10, establece
como atribución y deber del Superintendente, determinar
y reformar la estructura orgánica y funcional de la
Superintendencia;
Que el numeral 16 del artículo 44 de la Ley Orgánica de
Regulación y Control del Poder de Mercado, establece que
es atribución del Superintendente: “Expedir resoluciones de
carácter general, guías y normas internas para su correcto
funcionamiento”;
Que la letra e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado, establece que los Ministros
de Estado y las máximas autoridades de las instituciones
del Estado, son responsables de los actos, contratos o
resoluciones emanados de su autoridad. Además, se
establece entre las atribuciones y obligaciones específi cas
dictar los correspondientes reglamentos y demás normas
secundarias para el efi ciente, efectivo y económico
funcionamiento de sus instituciones;
Que la Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP, en
el artículo 52, letra b) establece como atribución de las
Unidades de Administración del Talento Humano la
siguiente: “Elaborar los proyectos de estatuto, normativa
interna, manuales e indicadores de gestión del talento
humano”;
Que el artículo 136 del Reglamento a la Ley Orgánica
de Servicio Público señala: “Los proyectos de reforma
institucional o posicional que involucren afectación
presupuestaria en las instituciones que se encuentran
en el ámbito del artículo 3 de la LOSEP se someterán al
dictamen presupuestario por parte del ente rector de las
fi nanzas públicas, de ser el caso, previo a que el Ministerio
del Trabajo emita el correspondiente informe.”;
Que mediante Resolución No. SENRES-PROC-2006-000
0046, publicada en el Registro Ofi cial No. 251, de 17 de
abril de 2006, el Secretario Nacional Técnico de Desarrollo
de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector
Público emitió la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos
o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por
Procesos;
Que mediante Resolución No. SCPM-DS-22-2018, de
30 de octubre de 2018, se expidió la reforma integral del
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado;
Que mediante Informe Técnico No. SCPM-INAF-DNATH-
00135-2018-IT, de 30 de octubre de 2018, la Directora
Nacional de Administración de Talento Humano, una vez
que ha efectuado el análisis de factibilidad y determinado la
procedencia técnica de modifi car parcialmente el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Superintendencia de Control del Poder de Mercado, en
relación a los productos y servicios de la Dirección Nacional
Administrativa y de Compras Públicas, recomienda al
Intendente General de Gestión, la necesidad de realizar la
reforma parcial correspondiente;
Que mediante sumilla inserta en el Informe Técnico No.
SCPM-INAF-DNATH-00135-2018-IT, de 30 de octubre de
2018, Intendente General de Gestión autoriza a la Dirección
Nacional de Administración de Talento Humano, proceder
con el trámite pertinente;
Que el 06 de noviembre de 2018, la Asamblea Nacional
de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la
República del Ecuador y de acuerdo a la Resolución del
Consejo de Participación Ciudadana y Control Social No.
PLE-CPCCS-T-O-163-23-10-2018, de 23 de octubre de
2018, según fe de erratas de 05 de noviembre de 2018,
posesionó al Dr. Danilo Ivanob Sylva Pazmiño como
Superintendente de Control del Poder de Mercado; y,
Que es necesario reformar parcialmente la estructura
organizacional de la Superintendencia de Control del
Poder de Mercado, con la fi nalidad de generar procesos
más efi cientes y óptimos para el desarrollo de la Gestión
Administrativa y de Compras Públicas.
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el numeral
16 del Art. 44 de la Ley Orgánica de Regulación y Control
del Poder de Mercado,
Resuelve:
EXPEDIR LA REFORMA PARCIAL DEL
ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN
ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA
SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER
DE MERCADO
Artículo 1.- Sustituir el apartado de productos y
servicios, numeral 12.1.3.2, correspondiente a la Gestión
Administrativa y de Compras Públicas, por el siguiente:
“1. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de
bienes muebles e inmuebles, e informes de ejecución;
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