Resolución SCPM-DS-2019-38 Expídese el Instructivo para el otorgamiento de benefi cios de exención o reducción del importe de la multa

Fecha de publicación02 Octubre 2019
Número de Gaceta52
42 – Miércoles 2 de octubre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 52
Que corresponde a toda persona que actúa en virtud de la
potestad estatal proceder bajo los principios de ef‌i ciencia
y ef‌i cacia;
Que es necesario viabilizar los procedimientos
administrativos que permitan la consecución de
las competencias, facultades y atribuciones de la
Superintendencia de Control del Poder de Mercado;
En ejercicio de la atribuciones que le conf‌i eren el numeral
Resuelve:
REFORMAR LA RESOLUCIÓN No. SCPM-
2013-027, DE 30 DE ABRIL DE 2013, MEDIANTE
LA CUAL SE EXPIDIÓ EL REGLAMENTO
INTERNO DE LA COMISIÓN DE RESOLUCIÓN
DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER
DE MERCADO
Artículo Único.- Agregase como párrafo f‌i nal del artículo
20, el siguiente texto:
De manera excepcional, en caso de ausencia
temporal o def‌i nitiva de uno de los comisionados, por
casusas de fuerza mayor o caso fortuito, podrán emitir
las resoluciones los comisionados restantes siempre y
cuando sus criterios sean concordantes.”
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Encargar la ejecución de esta Resolución a
la Comisión de Resolución de Primera Instancia.
SEGUNDA.- Encárguese de la difusión de la presente
Resolución a la Secretaría General.
TERCERA.- Publíquese en la página Web institucional.
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, el 23 de julio
de 2019.
f.) Danilo Sylva Pazmiño, Superintendente de Control del
Poder de Mercado.
SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER
DE MERCADO.- SECRETARIA GENERAL.- Es f‌i el
copia del documento que reposa en el Archivo General de
la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.- Lo
certif‌i co.- Fecha: 16 de septiembre de 2019.- f.) Ab. Tatiana
Dávila Zuñiga, Secretaria General, Superintendencia de
Control de Poder de Mercado.
No. SCPM-DS-2019-38
Danilo Sylva Pazmiño
SUPERINTENDENTE DE CONTROL
DEL PODER DE MERCADO
Considerando:
Ecuador, establece: “El derecho a la seguridad jurídica
se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la
existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y
aplicadas por las autoridades competentes”;
Ecuador, prevé: “Las superintendencias son organismos
técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control
de las actividades económicas, sociales y ambientales,
y de los servicios que prestan las entidades públicas
y privadas, con el propósito de que estas actividades y
servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al
interés general. Las superintendencias actuarán de of‌i cio
o por requerimiento ciudadano. Las facultades específ‌i cas
de las superintendencias y las áreas que requieran del
control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se
determinarán de acuerdo con la ley. Las superintendencias
serán dirigidas y representadas por las superintendentas
o superintendentes. La ley determinará los requisitos que
deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades.”;
Ecuador, determina: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que la Superintendencia de Control del Poder de Mercado,
Control del Poder de Mercado, publicada en el Registro
Of‌i cial Suplemento No. 555 de 13 de octubre de 2011,
como un organismo técnico de control, con capacidad
sancionatoria, de administración desconcentrada, con
personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía
administrativa, presupuestaria y organizativa;
Que el 06 de noviembre de 2018, la Asamblea Nacional
de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de
la República del Ecuador y de acuerdo a la Resolución
del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
No. PLE-CPCCS-T-O-163-23-10-2018 de 23 de octubre
de 2018, según fe de erratas, de 05 de noviembre de
2018, posesionó al doctor Danilo Sylva Pazmiño como
Superintendente de Control del Poder de Mercado;
Control del Poder de Mercado, establece: “El objeto
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