Resoluciones. SCVS-INC-DNCDN-2018-0036 Dispónese que a partir de la vigencia de esta resolución la Gaceta Societaria sea elaborada de forma electrónica, mantenerse su publicación y actualización en el portal web institucional www.supercias.gob.ec

Número de Boletín347
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Compañías Valores y Seguros
32 – Lunes 15 de octubre de 2018 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 347
Segunda.- Lo señalado en el segundo párrafo del artículo
4 de la presente resolución será obligatorio a partir del
1 de enero del 2019, tiempo en el cual deberá reportar
la información en el módulo de compras del Anexo
Transaccional Simplif‌i cado.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La presente resolución
entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito DM, 28 de septiembre de 2018.
Dictó y f‌i rmó la Resolución que antecede, la Economista
Marisol Andrade Hernández, Directora General del
Servicio de Rentas Internas, en Quito D.M., 28 de
septiembre de 2018.
Lo certif‌i co.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de
Rentas Internas.
No. SCVS-INC-DNCDN-2018-0036
Ab. Victor Anchundia Places
SUPERINTENDENTE DE COMPAÑIAS,
VALORES Y SEGUROS (E)
Considerando:
establece que las superintendencias son organismos
técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de
las actividades económicas, sociales y ambientales, y de
los servicios que prestan las entidades públicas y privadas,
con el propósito de que estas actividades y servicios se
sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés
general;
Que el artículo 430 de la Ley de Compañías señala que
la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
es el organismo técnico y con autonomía administrativa,
económica y f‌i nanciera, que vigila y controla la
organización, actividades, funcionamiento, disolución
y liquidación de las compañías y otras entidades, en las
circunstancias y condiciones establecidas por la ley;
Que el artículo 439 de la Ley de Compañías dispone que la
Superintendencia de Compañías Valores y Seguros tendrá
como órgano de difusión la Gaceta Societaria, en la que se
publicarán entre otros asuntos, todas las resoluciones de
carácter general, las absoluciones de consultas de carácter
general, los pronunciamientos sobre aspectos jurídicos,
contables, f‌i nancieros, y cualquier otra información que
se estime de interés;
Que el Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social Transitorio, observó entre otras cosas, que al
haberse publicado el 9 de marzo de 2009 la última
Gaceta Societaria, ha dado lugar a la desinformación que
evidenció el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo
439 de la Ley de Compañías;
Que es necesario que la Superintendencia de Compañías,
Valores y Seguros publique la Gaceta Societaria con los
contenidos determinados en la ley, a través de los medios
tecnológicos de punta, con la f‌i nalidad de difundir los
hechos y actos societarios relevantes, para contribuir a la
seguridad jurídica en el ámbito de su competencia;
Que las visitas diarias al portal web institucional www.
supercias.gob.ec son numerosas, por lo cual se ha
determinado que éste es el medio idóneo de difusión de la
Gaceta Societaria;
Que mediante resolución No. SCVS-INC-
DNCDN-2016-014, de fecha 29 de diciembre de 2016, se
dispuso derogar la resolución No. 97.1.7.3.0011 de 19 de
agosto de 1997, publicada en el Registro Of‌i cial No. 141
de 29 de agosto de 1997, y suprimir todas las Doctrinas
Jurídicas emitidas por la Superintendencia de Compañías;
situación que no permite contar con criterios jurídicos
sobre la interpretación de las normas societarias.
Que las Doctrinas Jurídicas constituyen una fuente formal
del derecho, convirtiéndose en un medio auxiliar para la
determinación y comprensión de las normas jurídicas;
Que de acuerdo con el artículo 433 de la Ley de Compañías,
el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros
expedirá las regulaciones, reglamentos y resoluciones que
considere necesarios para el buen gobierno, vigilancia y
control de las compañías mencionadas en el artículo 431
de la misma Ley, y resolverá los casos de duda que se
suscitaren en la práctica; y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley de
Resuelve:
Art. 1.- Disponer que a partir de la vigencia de esta
resolución, la Gaceta Societaria sea elaborada de forma
electrónica, debiendo mantenerse su publicación y
actualización en el portal web institucional www.supercias.
gob.ec, medio de difusión en el que se publicarán, todas
las resoluciones de carácter general, las absoluciones de
consultas de carácter general, los pronunciamientos sobre
aspectos jurídicos, contables, f‌i nancieros, doctrinas y
cualquier otra información que se estime de interés.
Art. 2.- Derogar la resolución No SCVS-INC-
DNCDN-2016-014, de fecha 29 de diciembre de 2016,
publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 917,
del 6 de enero del 2017 y disponer la vigencia de las
Doctrinas Jurídicas derogadas por ella.
DISPOSICION FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dada y f‌i rmada en Guayaquil, of‌i cina matriz de la
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, el 3
de octubre de 2018.
f.) Ab. Víctor Anchundia Places, Superintendente de
Compañias, Valores y Seguros (E).
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