SDH-DSPCGC-2021-0002-R Expídese el Reglamento interno de funcionamiento del Comité de Gestión de Calidad de Servicio y Desarrollo Institucional

Fecha de publicación26 Agosto 2021
Número de Gaceta524
Jueves 26 de agosto de 2021Registro Ocial Nº 524
15
Resolución Nro. SDH-DSPCGC-2021-0002-R
Quito, D.M., 03 de agosto de 2021
SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Eco. Pablo Reyes Vintimilla
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
corresponde a los Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 ibídem, dispone: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se
rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que, el penúltimo inciso del artículo 51 de la Ley Orgánica del Servicio Público dispone a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública establecer las políticas, metodología de administración institucional y
herramientas necesarias para el mejoramiento de la Administración Pública Central, institucional y dependiente
de la Función Ejecutiva;
Que, el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, determina: “Los Ministros de
Estado y las máximas autoridades de las instituciones del Estado, son responsables de los actos, contratos o
resoluciones emanados de su autoridad. Además, se establecen las siguientes atribuciones y obligaciones
específicas: (...) e) Dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el
eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones (...)”;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico Administrativo, dispone: “Todas las administraciones tienen
responsabilidad compartida y gestionarán de manera complementaria, en el marco de sus propias
competencias, las actuaciones necesarias, para hacer efectivo el goce y ejercicio de derechos de las personas y
el cumplimiento de los objetivos del buen vivir”;
Que, el artículo 28 del Código Orgánico Administrativo, determina: “Las administraciones trabajarán de
manera coordinada, complementaria y prestándose auxilio mutuo. Acordarán mecanismos de coordinación
para la gestión de sus competencias y el uso eficiente de recursos ()”;
Que, el artículo 116 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público establece que la Secretaría
Nacional de la Administración Pública tendrá como responsabilidad la determinación de las políticas,
metodologías de administración institucional y las herramientas que aseguren una administración y
mejoramiento continuo de la eficiencia de las instituciones que comprende la Administración Pública Central e
Institucional, cuya aplicación e implementación estarán consideradas en las normas y la estructura institucional
y posicional aprobados por el Ministerio de Relaciones Laborales, actualmente Ministerio de Trabajo;
Que, el artículo 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público estipula que en las
instituciones definidas en el artículo 3 de la LOSEP, se integrará el Comité de Gestión de Calidad de Servicio y
el Desarrollo Institucional que tendrá la responsabilidad de proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las
políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional;
1/9
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR