Resolución SDH-SDH-2019-0018-R Deléguense competencias y atribuciones a el/la Subsecretario/a de Nacionalidades, Pueblos y Movimientos Sociales

Fecha de publicación15 Noviembre 2019
Número de Gaceta81
36 – Viernes 15 de noviembre de 2019 Registro O cial Nº 81
4. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones adoptadas
por el Comité
Artículo 37: Funciones de los Secretarios (as) de los
Comités.- El/la Secretario (a) designado (a) para cada
Comité, será el encargado (a) de:
1. Elaborar conjuntamente con el/la Presidente (a) el
orden del día
2. Enviar las convocatorias a las sesiones ordinarias y
extraordinarias, al menos con 48 horas de anticipación
a la fecha de la sesión correspondiente
3. Elaborar las actas de las sesiones, ponerlas a
consideración del Comité en sesión siguiente para su
aprobación y suscripción
4. Mantener, bajo su responsabilidad el archivo de las
actas y demás documentación perteneciente al Comité
5. Recabar y preparar la información y documentación
que sea necesaria para tratar los temas contemplados
en el orden del día
6. Realizar el seguimiento del Cumplimiento de las
decisiones y disposiciones que adopte y dicte el
Comité, cuy informe será puesto en conocimiento del/
la Presidente (a)
7. Certi car y dar fe de los pronunciamientos emitidos
por el Comité; y,
8. Las demás que le asigne el/la Presidente (a)
Artículo 38.- Obligaciones de los Integrantes.- Los
integrantes de los Comités Institucionales de la Secretaría
de Derechos Humanos, tienen las siguientes obligaciones:
1. Asistir de manera obligatoria a las sesiones ordinarias
y extraordinarias que sean convocadas
2. Actuar con voz y voto
3. Guardar absoluta reserva respecto de los temas e
información que se aborden en los diferentes Comités
y que sea cali cada como sensible
4. Excusarse o inhibirse de conocer los temas a tratar en
los Comités, en los que tuvieren con icto de intereses
5. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones emitidas en
los diferentes Comités de los cuales sean parte
6. El presidente de la Comisión tendrá voto dirimente en
los Comités
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- El Delegado de la Máxima Autoridad a
los Comités Institucionales, informará periódicamente
sobre las acciones y gestiones efectuadas en cada uno de
aquellos.
SEGUNDA.- La Coordinación Jurídica noti cará con el
contenido de la presente Resolución a los miembros de los
respectivos comités.
TERCERA.- Todo acto administrativo que se genere con
posterioridad se sujetará a las disposiciones contenidas
en este instrumento, sin que por otro motivo puedan
aplicarse disposiciones de delegación establecidas en
otros instrumentos.
DISPOSICION FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su
publicación en el Registro O cial.
Documento rmado electrónicamente.
Mgs. Cecilia del Consuelo Chacon Castillo, Secretaria de
Derechos Humanos.
RAZÓN: Siento como tal que el documento que antecede
en diez fojas útiles, es igual al original que reposa con rma
electrónica en el Sistema de Gestión Documental Quipux de
esta Cartera de Estado, y que corresponde a la Resolución
Nro. SDH-SDH-2019-0017-R de 17 de septiembre de 2019,
conforme se presenta en la Dirección Administrativa.
Quito D.M., 25 de septiembre de 2019.
f.) Ing. Soraya del Pilar Arévalo Serrano, Directora
Administrativa, Secretaría de Derechos Humanos.
Nro. SDH-SDH-2019-0018-R
Quito, D.M., 17 de septiembre de 2019.
Cecilia del Consuelo Chacón Castillo
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
Considerando:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
154 de la Constitución de la República del Ecuador,
corresponde a los Ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
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